El Ministerio de Educación ha iniciado el proceso de actualización de los aranceles regulados que rige las transferencias de recursos a las instituciones de educación superior que acogen a estudiantes provenientes del 60% más vulnerable de la población. Tales aranceles deben cubrir los costos materiales, humanos, infraestructura y otros requeridos para impartir una carrera.

La gratuidad constituye un política pública muy trascendente por su sentido de justicia social. Que la cuna no impida a las personas desarrollar sus talentos y cumplir sus anhelos de una mejor calidad de vida para sí y sus familias.

Las universidades regionales hacen suya la misión de contribuir a la inclusión y al desarrollo social, al progreso de las comunidades, territorios y reducir las desigualdades que castigan a las personas sólo por vivir en determinados lugares.

La experiencia de varios años con la política de gratuidad justifica solicitar una revisión de los criterios que definen los aranceles, los que deben considerar de manera integral como las características de la región moldean el quehacer universitario.

En síntesis, la variable “Ubicación de la carrera y/o la Institución en una región extrema del país definida según Ley N° 20.655”, es errada e injusta de forma y fondo, pues esa ley y concepto refiere a propósitos muy distintos, como fueron el incentivo al desarrollo económico de algunas zonas del país, zonas francas e incentivos a contratar mano de obra.

En esencia, junto con la distancia a la capital, deben agregarse las dificultades asociadas al marcado centralismo político, administrativo y económico, la existencia de 16 regiones con realidades institucionales, sociales, productivas y culturales diversas, grados de desarrollo y pobreza distintos, disparidades urbano rurales, y otros factores que, por lo mismo, ameritan políticas públicas flexibles y adaptadas a cada contexto.

Asimismo, es artificial fijar los costos sólo en la docencia, que se exige sea de excelencia, sin considerar su complementariedad con la investigación, extensión y vinculación con el medio.

Las universidades regionales deben responder a expectativas que la comunidad tiene de ellas. Varias de estas corresponderían propiamente a servicios públicos que estos, por insuficientes recursos o autonomía, terminan no asumiendo. El aporte de “bienes públicos” se da en el ámbito de las artes, cultura, patrimonio, salud, deportes, emergencias, actos cívicos o electorales, emprendimiento, espacios de participación ciudadana, entre otros.  Producir esos valiosos “bienes públicos” más allá de la docencia y otras misiones, requiere necesariamente de recursos.

La adecuada aplicación de esta política ayudaría promover un desarrollo armónico del sistema de educación superior, superar desigualdades socioterritoriales y ser un factor de fortalecimiento de las regiones y la descentralización, asumida ésta como política de estado.

La experiencia objetiva indica que la “regionalidad” va mucho más allá de considerar únicamente las regiones extremas. Todas las universidades regionales del CRUCH se desenvuelven en contextos específicos que, de manera diferencial, afectan directa e indirectamente el costo de la docencia y también de las otras funciones que la alimentan –investigación, extensión y vinculación-, así, para las 22 instituciones que integran la AUR es fundamental considerar esas distinciones y realidades en el cálculo del ponderador.

Específicamente se sugiere enriquecer los insumos de este ponderador, la metodología utilizada y las variables consideradas, tanto para abordar la dimensión institucional –tamaño- y, especialmente, la región en que se imparten las actividades.

En el caso del tamaño –vinculado a la matrícula de pregrado- este refleja el desarrollo demográfico, social y económico del territorio donde la institución ejerce sus funciones. Los tamaños demográficos van de los 7.5 millones en Santiago a los 100.000 habitantes de Aysén. Así, no se alcanza a comprender como la metodología incorpora la dificultad o imposibilidad de alcanzar economías de escala en muchas regiones de menor tamaño.

Respecto de la “región donde se imparten las actividades” el análisis debe considerar todas las regiones y revisar al alza el valor del 3% que se aplica como compensación, sólo para 4 regiones definidas como extremas, y que tiene un valor casi simbólico, pues no reconoce los mayores costos del quehacer universitario en esas regiones e ignora a las 11 otras situadas fuera de la capital.

La pregunta central que debe guiar el proceso en comento, seguirá siendo sobre el país que se quiere construir y a que grados de equidad territorial y social se desea llegar.

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En este contexto, reiteramos que como Agrupación, en nombre de las 22 instituciones que la integran, ofrecemos la amplia disposición de colaborar en este proceso que, sin duda requiere una reflexión más amplia y participativa, que aporte efectivamente a abordar este desafío que impacta de manera gravitante en el sistema de educación superior y, en consecuencia, en el desarrollo nacional.