VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La justicia anuló juicio y sentencias en libertad para condenados por homicidio de Jeremy Venegas en Lota, región del Bío Bío, ocurrido en 2024, tras recurso de nulidad de la Fiscalía. Proceso judicial se rehará con otros magistrados por contradicciones en versiones de los acusados. Sentenciados, adolescentes al momento del crimen, tenían pena de 8 años pero quedaron con 3 años de libertad asistida especial. Tribunal fijará nueva fecha para juicio tras nulidad.

La justicia anuló el juicio y las sentencias en libertad para los condenados por el homicidio con arma blanca del estudiante Jeremy Venegas en Lota, región del Bío Bío, ocurrido en 2024.

Esto, a raíz de un recurso de nulidad presentado por la Fiscalía ante la Corte de Apelaciones de Concepción.

Junto con ello, el juicio también quedó nulo, por lo que el proceso judicial se deberá realizar con otros magistrados.

Esto, según el abogado querellante, Roberto Quiñilem, por las contradicciones existentes en el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, dado que los tres jóvenes sentenciados por el asesinato con arma blanca del estudiante, entregaron versiones distintas de lo sucedido.

Pese a todo, esto fue considerado -en su momento- como “colaboración en la investigación”.

“Sobre el fallo de la Corte, creemos que fue lapidaria y técnica. El tribunal oral en lo penal anterior cometió un error insostenible. Por un lado, decía que los acusados mentían y se culpaban entre sí, pero por otro lado, usaban esas mismas mentiras, las contradicciones, para otorgarles una rebaja en la pena por la colaboración sustantiva. Eso, lógicamente, no resistía ningún análisis jurídico y fue lo que alegó la Fiscalía en este caso y fue tomado en cuenta por los ministros de la Corte”, afirmó Quiñilem.

Cabe recordar que B.A.B.S de 18 años, F.A.M.B y C.B.V.G ambos de 19 -todos adolescentes al momento del crimen- arriesgaban de hasta ocho años de régimen cerrado. Sin embargo y debido a las atenuantes, finalmente quedaron con una pena de tres años de libertad asistida especial.

Tras la nulidad de la sentencia, el Tribunal deberá fijar fecha para un nuevo juicio.

Hasta el cierre de la nota, no fue posible contar con un pronunciamiento de la Defensoría Penal Pública, entidad a cargo de la representación jurídica de los victimarios.