La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por el Centro General de Padres y Apoderados del Colegio San Agustín, con el que buscaban frenar el cambio de modalidad de financiamiento del establecimiento, que pasará de particular subvencionado a particular pagado a partir del año escolar 2027.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó que existiera una actuación ilegal o arbitraria por parte de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Educación del Bío Bío y de la Fundación Educacional Santo Tomás de Villanueva, sostenedora del colegio.
La acción judicial fue presentada por Oscar Javier Gavilán Pinto, en representación del Centro General de Padres y Apoderados y de otras personas vinculadas al establecimiento educacional.
Corte rechaza recurso
Entre los argumentos para rechazar el recurso, la Corte estableció que el proceso para modificar el financiamiento se desarrolló conforme a la normativa vigente, tanto en lo relativo a los plazos como a las obligaciones de información hacia la comunidad educativa.
En ese sentido, el fallo señala que la fundación presentó formalmente su solicitud ante la autoridad educacional el 24 de marzo de 2026, dentro del plazo legal establecido para marzo del año anterior a aquel en que dejará de percibir la subvención estatal.
Asimismo, se acreditó que la sostenedora remitió cartas certificadas a los apoderados registrados el 23 de marzo de 2026 y que envió correos electrónicos el mismo día y el 27 de marzo, informando sobre los aranceles, el fondo de becas y el proceso de matrícula para 2027.
No hubo omisiones
De acuerdo con la resolución, estos antecedentes permitieron establecer que se cumplió oportunamente con el deber de informar por escrito a los padres y apoderados sobre el cambio de financiamiento.
De esta manera, el tribunal concluyó que no se acreditó la existencia de acciones u omisiones ilegales o arbitrarias atribuibles a las entidades recurridas, por lo que resolvió rechazar el recurso de protección, sin condenar en costas a los recurrentes.
Con esta decisión, la Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la solicitud judicial que buscaba impedir el cambio de modalidad de financiamiento del Colegio San Agustín para el año escolar 2027.