La alcaldesa de Hijuelas, Verónica Rossat (Ind.-exUDI), enfrenta cuestionamientos por los negocios con organismos públicos de una empresa de seguridad privada de la que es socia, luego de que un contrato por más de $50 millones con el Registro Civil terminara anticipadamente tras una revisión de la normativa vigente.
De acuerdo con El Mostrador, la autoridad es propietaria del 75% de Sociedad Profesionales de la Seguridad Ltda., firma que ha recibido 501 órdenes de compra de 37 instituciones estatales desde julio de 2021.
De ese total, 87 se emitieron a partir del 28 de noviembre de 2025, cuando entró en vigencia la Ley 21.659, que impide a las empresas de seguridad privada con participación de alcaldes y concejales contratar con organismos públicos.
Al respecto, Rossat recalcó que no se dedica a labores de administración de la compañía, sino que su vínculo se limita a su condición de socia.
“Yo no soy administradora, yo no veo nada de la empresa. Soy socia nomás de una sociedad y eso me lo permite la ley: ser socia de una empresa, pero en la cual yo no trabajo. Hay administradores, hay gerente, gerente general, gerente de administración…”, apuntó.
Expertos cuestionan los mecanismos de control
Para Francisco Leturia, expresidente del Consejo para la Transparencia, es necesario modernizar los servicios públicos para detectar oportunamente este tipo de situaciones.
“Siendo el año 2026, este es un problema de tecnología y de voluntad de querer aplicar tecnología. Esto con inteligencia artificial se detecta inmediatamente; lo que pasa es que tenemos un Estado en blanco y negro, de la era del hielo, que tiene que andar revisando con un cuadernito, con una planilla Excel, para descubrir cosas obvias; porque esto en 2026 no tiene ninguna justificación”, afirmó.
En tanto, Michel Figueroa, director ejecutivo de Chile Transparente, sostuvo que la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la Ley de Seguridad Privada recae, en primera instancia, en los organismos públicos que contratan estos servicios.
“En cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley de Seguridad Privada, en primera instancia, es obligación de las instituciones públicas que generan la contratación. Es por ello que es el propio servicio público que llamó a la licitación o a la contratación de estos servicios quien debiese haber tomado todos los resguardos necesarios“, advirtió.
Entre las instituciones que contrataron a la compañía figuran el Servicio de Salud de Coquimbo, el Hospital de Putaendo, el Cesfam de Llay Llay y el Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio.