La Superintendencia de Educación dio inicio a la vigencia de la Resolución 812 para reemplazar la circular 768, sobre derechos de niños, niños y adolescentes (NNA) trans. La norma permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados.

La Superintendencia de Educación sustituyó la Circular 768 sobre derechos de niños, niños y adolescentes (NNA) trans, dictada en 2017, por la Resolución 812 del 21 de diciembre del 2021, que reconoce la autonomía de los/as NNA, consideró el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

“La nueva resolución actualiza y amplía derechos para los/as NNA trans en función de los principios de la Ley de Identidad de Género 21.120, publicada en 2018. La actualización era un tarea pendiente del Estado”, explicó la vocera del Movilh, Daniela Andrade.

“Permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados. Antes este derecho era solo para mayores de 18 años”, explicó Andrade. Esto, pues “muchas familias discriminan o desconocen qué es la identidad de género a los mayores de 14 años”.

Entre otras modificaciones, la Resolución 812 añade como principios la integración y la inclusión. Lo anterior con el fin de “eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes”.

En el mismo orden, incorpora los principios de la Ley de Identidad de Género, cuales son la no patologización, la confidencialidad, la dignidad en el trato y la autonomía progresiva del/a niño/a. En torno a este último, la Resolución establece que “todo niño, niña o adolescente podrá ejercer sus derechos por sí mismo, en consonancia con la evolución de sus facultades, edad y madurez”.

Reconocimiento de su identidad de género

Acto seguido se incorpora el derecho al “reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual”, señala la resolución.

Para hacer respetar sus derechos los/as NNA mayores de 14 años podrán actuar de manera autónoma a sus apoderados y “solicitar al establecimiento educacional una entrevista para requerir el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes a la etapa por la cual transita”.

Del mismo modo se establece que los/as NNA trans deben ser tratados/as verbalmente por su nombre social “siempre y sin excepción”, así como utilizar uniforme y baños acordes a su género.

Si bien en el libro de clases, en el certificado anual de notas y en la licencia de educación media estará el nombre legal, se puede añadir el nombre social.

Las circular sobre derechos de niños, niños y adolescentes (NNA) trans surgió en 2017 en el marco del cumplimiento de un Acuerdo de Solución Amistosa que el Estado de Chile y el Movilh firmaron ante la Comisión Interamericana de DD.HH. (CIDH).