La normativa indica que ciertas empresas deben reportar sus consumos e intensidad energética e implementar uno o más Sistemas de Gestión de Energía. El proceso para que realicen ello se extenderá hasta el 8 de mayo.

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) formuló cargos contra 47 grandes empresas “por no cumplir” con lo estipulado en la Ley de Eficiencia Energética, que rige para compañías de gran tamaño.

Ante ello, se exponen a multas que pueden llegar hasta las 60 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, 3 mil 910 millones 920 mil pesos.

En un comunicado, la SEC explicó que la Ley de Eficiencia Energética fue promulgada en 2021, “con el objetivo de fomentar la eficiencia energética a nivel nacional, promoviendo la gestión de la energía en grandes consumidores, siendo un componente importante para alcanzar la carbono neutralidad al año 2050”.

La legislación establece dos obligaciones: la primera es que todas aquellas empresas, personas jurídicas comerciales o sociedades extranjeras -cuyos ingresos anuales por ventas y servicios sean mayores a 1 millón de unidades de fomento en el último año, y que tuvieran contratados a 200 trabajadores o más; y además, aquellas compañías que hayan tenido durante el año anterior un consumo de 50 o más tera-calorías, deben reportar sus consumos e intensidad energética a través del Sistema de Información del Balance Nacional de Energía (SIBNE).

Y la segunda obligación es que “todas aquellas empresas que sean denominadas bajo resolución Ministerial como Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía, o CCGE, deben implementar uno o más Sistemas de Gestión de Energía, SGE”.

La SEC sostuvo que a la fecha ya existen dos procesos de reportes de consumos a través del SIBNE finalizados (2022 y 2023 respectivamente) y, un tercero, actualmente en desarrollo (2024).

En el primer proceso de reporte energético (2022) se registró un total de 445 empresas inscritas de las 1.266 que debían realizarlo, es decir, un 60% de las empresas (821) no cumplió con su obligación, afirmó el regulador.

En el segundo proceso (2023) esta brecha disminuyó significativamente, siendo un 5,8% de empresas en falta (73 compañías).

Proceso de fiscalización por parte de la SEC

Al monitorear la obligación de realizar el reporte anual en el BNE, la SEC inició un proceso de investigación a principios del año 2024, respecto a las 73 empresas que estaban en incumplimiento de la Ley, constatando que un 36% de ellas regularizó su situación.

Sin embargo, “aún existen algunas en falta, razón por la cual se formuló cargos a 47 compañías por no entregar, al Ministerio de Energía, los reportes correspondientes a los procesos de los años 2022 y 2023″, dijo la SEC.

“Es relevante que las grandes empresas tomen conciencia”

Al respecto, el superintendente (s) de la SEC, Mariano Corral, sostuvo que “es relevante que las grandes empresas tomen conciencia de la importancia de gestionar la energía que utilizan”.

Más allá de las multas, agregó, “que puedan derivar de los procesos administrativos, lo que nos interesa es que las compañías cumplan con esta legislación, la que tiene como objetivo ayudar al proceso de descarbonización, en el que todos nos hemos comprometido”.

Dada la relevancia que este proceso informativo reviste, es que la SEC llamó a las empresas a revisar en https://energia.gob.cl/panel/grandes-empresas el listado de aquellos obligados a reportar en el actual proceso, el cual se extenderá hasta el 8 de mayo de este año.

“Además, y dado que el BNE históricamente ha sido voluntario, se hace extensiva la invitación a las empresas que no mantengan la obligación de informar, que regularmente reportan y a las nuevas compañías, a realizar su declaración de consumos energéticos, lo cual será un insumo fundamental para el diseño de políticas públicas que nos permitan alcanzar las metas establecidas en materia de eficiencia energética”, explicó la SEC.