Si bien el toque de queda y las restricciones de movilidad producto de la pandemia terminaron hace tiempo, pareciera que para algunas líneas de transporte público del Gran Concepción éstas continúan. Hay zonas de la ciudad donde tomar una micro después de las 21:00 horas se ha transformado en todo un desafío, e incluso, hay sectores de Concepción, como Palomares, donde la frecuencia disminuye desde las 18:00 horas.

Pero ¿Por qué pareciera que nadie se hace cargo de este problema que perjudica a diario a miles de habitantes? ¿Qué dice la normativa sobre esto? Lo primero que debemos recordar es que nuestro sistema de transporte público se licitó por primera vez el año 2002 y aunque el plazo de los contratos correspondientes a dicha licitación debió finalizar el 2005, la segunda licitación se ha ido postergando año a año hasta la fecha. En este contexto, las condiciones de operación y utilización de vías para los servicios de transporte público del Gran Concepción quedaron establecidas en la Resolución Exenta N° 2246 de 2005 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Esta norma fija que los microbuses “deberán operar de lunes a domingo, al menos entre las 06:00 y las 00:00 horas, salvo autorización fundada del Secretario Regional, que deberá tener a la vista los requerimientos o solicitudes de la comunidad, para extender o acortar el horario de prestación de un servicio”. Sin embargo, basta pararse en cualquier paradero de Concepción a las 21:00 horas para confirmar que muchas empresas de transporte no están cumpliendo con el horario pactado.

Ante esta situación, la autoridad regional informó hace algunas semanas que han cursado multas por más de 100 millones de pesos por la falta de frecuencia; sin embargo, dado que en la práctica las multas se deducen del monto del subsidio que entrega el Estado a las empresas de microbuses, muchas de ellas ya lo tienen internalizado como un costo de operación. Por su parte, los dirigentes microbuseros se defienden argumentando que el incumplimiento se debe al déficit de conductores y a la falta de seguridad, razones que por muy atendibles que sean, no pueden terminar asumiendo los usuarios.

A fines del año 2021, el Ministerio de Transportes anunció un acuerdo con los empresarios del rubro para, en virtud de la Ley 20.696, fijar un mejor estándar de calidad, instaurar un control de frecuencia a través de sistema GPS y establecer normas claras y menos engorrosas de caducidad por incumplimiento. El acto administrativo que fijaba las bases de este acuerdo, correspondiente al perímetro de exclusión del Gran Concepción, recibió observaciones de Contraloría para ser subsanadas antes de su toma de razón, sin embargo, habiendo transcurrido más de un año desde aquellas observaciones, aun seguimos esperando lo que podría ser una solución de fondo a este problema.

Mientras seguimos a la espera, lo claro es que existe una normativa vigente que faculta a la autoridad para, además de multar, poner fin a los contratos de las empresas que incumplen. Está bien soñar con un metro, tranvías y teleféricos para el Gran Concepción, pero mientras esas iniciativas se abren paso en medio de la burocracia y el centralismo, hay medidas que se pueden llevar a cabo hoy: la más básica, exigir que se cumpla lo pactado.

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