Agencia UNO

El FES no es un crédito ni un impuesto, y no debe serlo

03 agosto 2025 | 08:00

No es deuda, ni tributo, sino un instrumento innovador y justo.

Uno de los debates en torno al nuevo instrumento de financiamiento para la educación superior versa sobre su naturaleza jurídica: el FES, ¿es un crédito o un impuesto? Lo cierto es que no es ninguna de las dos cosas. Ni tampoco es deseable que lo sea.

Lo injusto de los créditos estudiantiles

A partir de la reforma de la presidenta Bachelet, fruto de una larga discusión, nuestro país zanjó con acuerdo transversal el carácter de la regulación de aranceles: esta debe orientarse en función del costo necesario y razonable de impartir las carreras, y ya no simplemente en precios históricos, como ocurría con los aranceles de referencia y con los primeros aranceles regulados de la Gratuidad.

En ese contexto, un crédito generaría profundas distorsiones. Pensemos, por ejemplo, en una estudiante de Pedagogía en Ciencias Naturales y un estudiante de Derecho. La primera egresaría con una deuda mucho mayor -debido al costo real de su formación-, pero con expectativas salariales más bajas, haciendo así más pesada su mochila. El estudiante de Derecho, por su parte, egresaría con una deuda más baja, aun teniendo muchas más probabilidades de tener una renta alta que le permita pagar su crédito sin inconvenientes. Se trata de una situación abiertamente injusta.

Las deudas individuales, además, constituyen un pasivo que pesa sobre todo el conjunto de la vida financiera futura de las personas, dificultando el acceso al emprendimiento, la primera vivienda, entre otros proyectos de vida.

Desde el punto de vista fiscal un crédito requeriría, además, constantes provisiones y reprogramaciones -como han existido en todos los instrumentos de crédito estudiantil en Chile y a nivel internacional-. Un nuevo crédito estudiantil se trataría, entonces, de una solución peor tanto para las personas como para el fisco.

¿Por qué el FES no es un impuesto?

El FES tampoco tiene naturaleza tributaria. Como explicó el abogado especialista en derecho tributario, Antonio Faúndez, ante la Comisión de Hacienda de la Cámara, la obligación de pago que introduce el FES no cumple los elementos que definen un impuesto, pues estos son obligatorios y generales, mientras que el FES es voluntario y está asociado a una contraprestación claramente definida.

Tampoco puede definirse como una tasa o una contribución: las tasas implican el pago obligatorio por el uso potencial o efectivo de un servicio público, y las contribuciones se justifican por el beneficio derivado de obras o servicios públicos generales. El FES no encaja con ninguna de estas figuras: una persona puede perfectamente financiar sus estudios directamente o con otros apoyos.

En efecto, se trata de un instrumento de carácter sui generis. Acogerse al FES es voluntario, y si bien se exige una retribución futura, esta solo se activa si se cumple una condición: tener ingresos superiores al salario mínimo. Esto lo convierte en una política redistributiva e innovadora. De hecho, eso es lo que han destacado expertos internacionales, como el profesor Nicholas Barr de la London School of Economics, quien señaló en la Comisión de Hacienda que el FES no era ni un impuesto ni un crédito, sino más bien un instrumento híbrido, más eficiente y justo.

En ese sentido también se han expresado otros expertos internacionales, en tanto la propuesta del Ejecutivo recoge los aprendizajes de otros créditos estudiantiles. Así, no se trata de un problema ideológico -crédito como lo “liberal”, impuesto como lo “estatista”-, sino con aprender de los éxitos y problemas de ambos modelos, para avanzar en una modernización del financiamiento que deje atrás respuestas del pasado y se proponga construir soluciones de futuro.

Un modelo flexible que protege a las personas

En ese sentido, el FES se asemeja más a un seguro. En efecto, quien accede, paga en función de sus ingresos futuros, durante un período acotado a la duración de su carrera, y solo cuando puede. Así, se adecúa a las trayectorias laborales y vitales de las personas: si tiene mayores ingresos, retribuye más; y si no tiene ingresos o gana menos que el sueldo mínimo, no retribuye.

Además, protege a las personas de los desafíos y riesgos propios de la vida: la cesantía, tener que salir del mundo laboral por responsabilidades de cuidado, decidir emprender, y un largo etcétera.

Obligar al FES a operar como un crédito sería desnaturalizar la lógica de derechos que debe primar en la educación, y debilitaría el marco de regulación arancelaria, incentivando que las instituciones busquen compensar costos no reconocidos a través del endeudamiento estudiantil.

Chile necesita consolidar un sistema que garantice acceso equitativo y financiamiento justo. El FES es un paso en esa dirección: no es deuda, ni tributo, sino un instrumento innovador y justo, que aprende de experiencias previas y que busca garantizar que el derecho a la educación no dependa del ingreso ni genere nuevas barreras para las y los estudiantes.