La Corte Suprema declaró ilegal que el Colegio Inmaculada Concepción condicione la matrícula de las alumnas al pago de deudas que los padres puedan tener con el establecimiento.

El abogado de los apoderados afectados sostuvo que se trata de un importante precedente.

Se trata del fallo dictado en un recurso de protección presentado el año pasado, cuando 42 apoderados denunciaron al colegio subvencionado Inmaculada Concepción por negar a sus hijas la continuación de sus estudios o la postulación a becas si no regularizaban las deudas por concepto de copago.

Una de las afectadas en este caso fue Dicarla Pinilla, madre de dos alumnas del establecimiento educacional.

En primera instancia la Corte de Apelaciones penquista rechazó la acción legal, pero ahora la Corte Suprema revocó esa sentencia y concluyó que el Inmaculada Concepción tiene las vías legales para perseguir el pago de deudas y que la presión -a través de amenazas- es un acto ilegal y arbitrario, según precisó el abogado Luis Apablaza.

Mientras la apoderada Dicarla Pinilla, en medio de la pandemia, logró con esfuerzos en febrero pasado cancelar las mensualidades adeudadas y conseguir la matrícula, otros padres debieron cambiar de colegio a sus hijas.

El abogado lamentó en ese sentido la demora de la justicia, pero subrayó que se trata de una resolución que sentará jurisprudencia ahora que se inicie el proceso de matrícula para el año escolar 2022.

Al intentar obtener una versión del colegio Inmaculada Concepción se indicó que estaban de vacaciones, aunque precisaron que por tratarse de un dictamen definitivo de la Corte Suprema, el establecimiento sólo debe cumplirlo.