El Gobierno ingresó un proyecto para que personas con enfermedad terminal tengan un cálculo distinto de pensión, acorde con su menor expectativa de vida. La iniciativa se presentó en paralelo a la reforma previsional.

Éste es discutido en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, reconoció que se quieren hacer cargo de las pensiones de los enfermos terminales, considerando que actualmente se les calcula la pensión como a cualquier otro afiliado.

Según información de La Tercera, la ministra indicó que “estábamos trabajando en un proyecto que es una modificación legal, y que permitiera que se aplicara una tabla de expectativas de vida distinta para las personas que están calificadas como enfermos terminales y que tienen un horizonte de expectativa de vida de no más de un año, una definición médica que nos dieron y que eso era lo que se tenía que entender por enfermos terminales”.

Así, se definió como enfermos terminales a aquellas personas que tengan una expectativa de vida menor a 12 meses.

En tanto, en el proyecto se incluiría que para efectos de acceder a esta modalidad especial de pensión, deberá calificarse o certificarse la calidad de enfermo terminal por las Comisiones Médicas.

Por otra parte la Comisión Técnica de Invalidez determinará las condiciones médicas necesarias para acreditar una sobrevida menor a un año.

De esta forma, para los pensionados, esto implica un realizar un recálculo de su pensión, mientras que aquellos que son afiliados activos, implicaría calcular la pensión especial, pudiendo optar por pensionarse conforme a las reglas generales.

Finalmente, se señaló que los trámites para este proceso durarían un mes y consistirían en cuatro etapas: solicitar la certificación/calificación de la enfermedad; dictamen de la calificación/certificación de Comisión Médica Regional dentro de 10 días hábiles; posible impugnación del dictamen dentro de 5 días desde la notificación por parte del afiliado o la compañía de seguros y una resolución de la Comisión Médica Central, dentro de 10 días desde presentación de impugnación.