Un exseminarista víctima de abuso sexual, presuntamente, del cura Humberto Henríquez prestó declaración en Rancagua, instancia en la que entregó pruebas en su contra y testimonio por encubrimiento contra el exobispo de Valparaíso, Gonzalo Duarte, y del cardenal Ricardo Ezzati.

A las 11:00 horas comenzó la declaración en Rancagua de Mauricio Pulgar, exseminarista, denunciante de abusos eclesiásticos en Valparaíso, y en específico del cura Humberto Henríquez. De él entregó pruebas de abuso sexual e incluso violación, en particular de un audio donde Henríquez reconocería los hechos.

Pero también su testimonio tuvo relación con la figura del encubrimiento, y ahí apuntó a varios. Entre ellos, al exobispo de Valparaíso, Gonzalo Duarte, y al cardenal Ricardo Ezzati. La declaración duró cerca de dos horas ante la fiscal adjunta Andrea Rocha.

A propósito de Ezzati, en una carta fechada el 1 de junio, el cardenal pidió a la Oficina Pastoral de Denuncias (Opade) -departamento de la Iglesia de Santiago que recibe denuncias y acoge a las víctimas de abuso por parte de sacerdotes- que una declaración en contra de Óscar Muñoz, que ocurrió en marzo, sea investigada por la justicia penal.

Esto fue cuestionado por víctimas y laicos. Uno de ellos fue Juan Carlos Claret, vocero de la agrupación nacional de laicos.

Lo mismo opinó Sebastián del Río, de la agrupación de víctimas de Valparaíso, quien acusó que Ezzati intentó lavar su imagen.

La polémica de Precht

“Al sacerdote (Cristian Precht) se le impusieron medidas cautelares, por lo que no puede realizar actos públicos propios del ministerio sacerdotal y se le ordenó residir en Santiago”. Eso decía textual la publicación del Arzobispado capitalino del viernes 10 de agosto, donde se dio cuenta de que se encontró verosimilitud en las denuncias en su contra por eventual abuso contra menores, por lo que fueron enviadas al Vaticano.

Eso generó que Precht presentara un recurso de amparo contra el arzobispado y su titular, Ricardo Ezzati. Ahí reclamaba por esa medida de residir en la capital, y hoy se conoció el escrito con el que respondió la instancia eclesiástica.

El texto, presentado por el abogado Gonzalo Pérez, detalla el contexto y dice que su representado “jamás ha realizado algún tipo de acto que suponga la perturbación, privación ni amenaza a ninguna de las garantías constitucionales que asisten al presbítero Precht Bañados”.

“El requirente en ninguna oportunidad explica cómo es que se infringen los derechos del supuesto afectado. Tampoco describe los hechos por los que su representado habría llegado a sufrir menoscabo en su libertad personal o su seguridad individual”, se indica en el fallo, apuntando al abogado de Precht, Luciano Foullioux.

Además, resalta el reconocimiento del Código Civil a la personalidad jurídica de derecho público de la iglesia y la “facultad de darse su propia normativa interna”.

Pero más adelante le quita el piso al peso de su propia medida: “Es cierto que para asegurar el éxito de la investigación o el cumplimiento de la sentencia penal canónica el canon 1.722 del CIC otorga ciertas facultades cautelares al obispo diocesano, entre las que se encuentra ‘imponerle o prohibirle la residencia en un lugar o territorio”.

Agrega que el Arzobispado de Santiago no posee facultad de imperio, por lo que el cumplimiento de medidas cautelares o sanciones que suponen la permanencia o alejamiento en o de un lugar determinado depende única y exclusivamente de la obediencia libre y voluntaria del afectado. “Mi representada no cuenta con herramientas jurídicas que le permitan apremiar físicamente al imputado o condenado”, sostiene.

Es decir, asegura que es decisión del sancionado si cumple o no esa medida.

Uno de los denunciantes de Cristián Precht, Eneas Espinoza, dijo que más allá de esta polémica, lo que importa es que el sacerdote enfrente a la justicia y que no se arranque del país.