La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena en contra de José Gómez Tapia a 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como autor del delito de obtención fraudulenta de prestación estatal.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del tribunal confirmaron la resolución dictada en junio pasado por la ministra en visita Mireya López, que condenó a Gómez por obtener una pensión no contributiva mensual entre septiembre de 1998 y abril del 2014, “invocando haber sido exonerado político”, explica el fallo.

“La investigación reveló que una persona presentó ante el Ministerio del Interior en 1994 una solicitud para obtener la pensión no contributiva, apareciendo como empleador “Partido Socialista” el 11 de septiembre de 1973, acompañado de un certificado del secretario nacional de organización del partido, Juan Bustos Ramírez, que indica que el solicitante fue funcionario del PS entre 1972 y septiembre de 1973″, indican los antecedentes del fallo.

Gracias a su historia previsional, la indagatoria determinó que para 1972 “el solicitante trabajaba para terceros ajenos al partido sin que, además, conste registro previsional durante 1973″.

“De este modo, mediante relatos acomodaticios y un certificado ideológicamente falso se obtuvo la dictación de la Resolución N° 1561, de 18 de noviembre de 1999, emanada del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, que concedió al solicitante una pensión no contributiva de por vida, a partir del 1 de septiembre de 1998, ocasionando un perjuicio al Estado de Chile que al mes de abril de 2014 (fecha del Informe del Instituto de Previsión Social) asciende a $24.642.643“, señala el dictamen.

Además, el fallo del tribunal confirmó la demanda civil presentada por el Estado en contra de Gómez Tapia, quien deberá pagar al Fisco el total de las pensiones pagadas en su calidad de exonerado político, más reajustes e intereses.