Con 93 votos a favor y 2 en contra, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación al Convenio sobre la Distribución de señales Portadoras de Programas Transmitidas por Satélite, adoptado en Bruselas el 21 de mayo de 1974.
Este instrumento internacional otorga protección internacional en contra de la distribución no autorizada de señales portadoras de programas transmitidas vía satélite en el territorio o desde el territorio de los estados parte.
Este Convenio es uno de los 24 tratados internacionales administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de la cual Chile es miembro desde el año 1975.
El Convenio de Bruselas entró en vigencia el 25 de agosto de 1979 y a la fecha 33 estados son parte del mismo, entre los que se cuentan países de todas las latitudes. En el contexto latinoamericano ha sido suscrito por Costa Rica, Honduras, Nicaragua, México, Panamá y Perú. Varios de los principales socios comerciales de Chile, como Estados Unidos, los miembros de la Unión Europea y Australia, son también signatarios del convenio.
Este tratado se originó en la ausencia de una reglamentación internacional que normara la distribución de señales portadoras de programas transmitidos vía satélite por distribuidores no autorizados, luego de la masificación del uso del satélite como medio de distribución de señales portadoras de programas, ocurrida en la década de los sesenta.
Hoy la transmisión de programas vía satélite ha evolucionado, permitiendo que las señales electrónicas que portan los programas radiales o de televisión lleguen a partes remotas del planeta. El fuerte desarrollo en nuestro país de los operadores de televisión de libre recepción y de pago ha incrementado el interés por difundir los programas producidos a distintos países alrededor del mundo.