En libertad, por cuanto no tendría responsabilidad en la muerte de su expareja, quedó una mujer que estuvo detenida desde el domingo, luego de las diligencias derivadas del hallazgo del cadáver del hombre en la vía pública de Padre las Casas, en la región de La Araucanía.

Se trata de una mujer de 56 años, quien fue detenida durante las diligencias derivadas del hallazgo, en calle Baquedano con Arturo Prat, del cuerpo de su expareja, Juan Cid Fuentes (61), quien estuvo con ella la noche anterior.

En dicha oportunidad se registró una discusión, en donde la imputada, usando una escoba, golpeó en la cabeza al hombre para que se retirara de su domicilio, siendo encontrado sin vida horas después.

La mujer fue presentada al Juzgado de Garantía de Temuco este lunes, instancia en la que se autorizó ampliar su detención hasta este martes a la espera del informe del Servicio Médico Legal (SML) que, según detalló el fiscal del Ministerio Público, Ricardo Gutiérrez, al momento descartaría que la imputada tenga responsabilidad en la muerte de su expareja.

“La causa de muerte es un traumatismo abdominal grave, y señala el SML que pudo haber sido producto de un golpe sobre el abdomen, que puede haber sido directo, o bien, caída en una superficie irregular”, señaló.

Sin perjuicio de lo anterior, el fiscal inició una investigación en contra de la mujer por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, por cuanto se constataron las lesiones que el hombre presentaba en la cabeza, que corresponderían a la agresión de la mujer usando una escoba para que éste se retirara del domicilio ubicado en población Meza.

La jueza de garantía de turno en Temuco, Marcia Castillo Monjes, aplicó a la imputada la medida cautelar de arraigo nacional, autorizando cinco meses de plazo para el cierre de la investigación, además de la prohibición de acercarse a los familiares del fallecido.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)