En Chile hay un total de un millón doscientos mil extranjeros, de los cuales aproximadamente 185 mil están con trabajo. Con la llegada de la época estival y sobre todo en la industria agrícola, aumenta la contratación de inmigrantes debido a las faenas de cosecha y también otros trabajos esporádicos necesarios de cubrir durante la época de verano.

Héctor Rodríguez, abogado experto en materia laboral del estudio Sepúlveda, Rodríguez y Cía., aseguró que “hay extranjeros que logran el permiso para estar en nuestro país porque vienen a trabajar y se les da una visa sujeta a contrato. Esto quiere decir que mientras tengan una relación laboral pueden permanecer en Chile”.

“Bajo esta figura, la cual es sumamente usual, al dar término al contrato o al ser despedido este trabajador extranjero está en la obligación de regresar a su país y el costo de este traslado va por cuenta del empleador”, aclaró Rodríguez.

En cuanto al tipo de traslado a pagar por el empleador, el abogado señaló que “la ley no especifica características especiales del viaje. Por ejemplo, no establece un medio de transporte en particular o alguna categoría del boleto de retorno. Solo menciona que es responsabilidad del empleador costear el pasaje de retorno al país de origen”.

Felipe Guarda | Agencia UNO
Felipe Guarda | Agencia UNO

Normas especiales para la agricultura

Un 5% de los trabajadores extranjeros en Chile desempeña funciones en la industria agrícola. Rodríguez subrayó que “desde el 2015 a este año ha aumentado prácticamente en un 35% la cantidad de trabajadores inmigrantes en la agricultura nacional”.

“Nuestra legislación da una serie de garantías al empleado del rubro agrícola no sólo en el tipo de remuneraciones, sino también en que se les otorgue un lugar digno e higiénico donde poder vivir. Es más, incluso si son permanentes y no temporeros también contempla alojamiento para su familia”, afirmó el abogado.

El experto indicó que “un agricultor debe considerar por un lado lo que señala el código del trabajo respecto de todos los trabajadores del sector agrícola, sean chilenos o extranjeros. Eso establece una serie de requisitos especiales, por ejemplo para el caso de un temporero debe existir un contrato escrito, con cuatro copias y si se extiende por más de 28 días ingresarlo a la Inspección del Trabajo”.

Respecto a los inmigrantes en el rubro agrícola, Rodríguez dijo que “adicionalmente se establece que el trabajador extranjero debe estar regularizado, es decir, contar con una residencia definitiva o temporal con las autorizaciones necesarias para poder trabajar en el país. No es suficiente una visa de turista, sino que tiene que tener una visa sujeta a contrato de trabajo y su situación migratoria absolutamente regularizada”.

El abogado añadió que “el contrato para los extranjeros en la industria agrícola presenta características especiales. Si ellos tienen un sistema de cotizaciones similar al nuestro, una especie de isapre o AFP y quieren cotizar en su país, también se permite y debe quedar consignado de forma específica en el contrato. Respecto de los impuestos a la renta, el empleador tiene que hacerse cargo de este ítem del trabajador en las rentas por sobre los $600 mil”.