Este martes, autoridades del Gobierno se reunieron en el Patio de las Camelias del Palacio de La Moneda para la promulgación de la Reforma del Sistema Notarial y Registral, la mayor de los últimos años.
No es menor: la ley fue ingresada hace 7 años, en septiembre de 2018. De hecho, han pasado más de 16 años desde que se hizo un primer esfuerzo por reformar los aspectos orgánicos y funcionales del sistema notarial, recordó el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, durante una conferencia en enero de este año.
“No se trata únicamente de una reforma de carácter administrativo, sino de una medida con efectos directos en la vida cotidiana de las chilenas y chilenos”, aseguró el ministro del Interior, Álvaro Elizalde. ¿Cuáles son los principales cambios que incorpora la normativa?
Las claves de la Reforma del Sistema Notarial y Registral
Revisa a continuación los principales cambios que incorpora la reforma y que impactan directamente en el funcionamiento del sistema notarial y registral.
Reforma al sistema notarial incorpora nombramiento mediante concursos públicos
Hoy en día, para ser notario se requiere ser propuesto en una terna presentada por la Corte de Apelaciones y ser seleccionado por el Presidente de la República.
“Actualmente, el sistema de nombramiento funciona de la manera en que son las Cortes las que elaboran las ternas, entonces por eso hay tantos familiares de funcionarios judiciales, porque son las propias cortes las que elaboran las ternas”, recordó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo.
Con la reforma, se modifica el sistema para que sea mediante concursos públicos como se determinen los nombramientos. Lo anterior, a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
Así lo confirmó el ministro, quien destacó que esta medida tiene como “objeto de que estén ahí por sus méritos, por sus capacidades, por sus conocimientos y no por ninguna razón externa”.
Además, precisó que la reforma contempla una norma muy rígida de inhabilidades para ser notario, archivero o conservador, lo que garantizaría la calidad de quienes postulen a estos cargos.
Medidas contra el nepotismo
La ley establece la prohibición de que familiares de determinadas autoridades puedan ser incluidos en las nóminas de selección y/o nombramientos.
En entrevista con Radio Futuro este miércoles, Gajardo señaló que “ningún familiar directo de alguna alta autoridad de la República va a poder ser notario, archivero, conservador, para que no haya ninguna duda de que aquí no hay ninguna influencia externa para un cargo tan cotizado como es ser notario, archivero, conservador”.
Según indicó, estos no pueden ser parientes cercanos de: senadores, diputados, ministros de estado, subsecretarios, el presidente de la República, de ministros de los tribunales superiores de justicia, o de la Contraloría.
No más cargos vitalicios tras Reforma al Sistema Notarial
Otro cambio importante que incluye la Reforma al Sistema Notarial y Registral es que, una vez que entre en vigencia, se pondrá fin a los cargos vitalicios, estableciendo un límite de edad de 75 años para ejercer el cargo.
“Efectivamente, hay notarios que tienen más de 75 años, con distintos tipos de edades, desde los 75 años. En general se ha considerado que los 75 años para los cargos judiciales es el tope en materia de edad (…) 49 son las personas que se saldrían en su cargo. En todo caso, esto va a depender de cuántos estén vigentes al momento en que la norma entre en vigencia”, indicó Gajardo a Radio Futuro.
Transparencia en tarifas
Uno de los cuestionamientos al actual sistema es la disparidad en los servicios y en las tarifas que cobra cada notaría. La reforma busca resolver esto último fijando precios máximos mediante un procedimiento técnico a cargo de los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Hacienda y Economía.
“Los notarios, archiveros, conservadores ahora van a tener una serie de obligaciones para la prestación del servicio. Primero que todo se van a fijar las tarifas máximas que van a poder cobrar. Estas tarifas van a poder ser fiscalizadas, cosa que el día de hoy es muy difícil porque la fiscalización es muy escasa producto de que la hacen los propios tribunales”, explicó Gajardo.
Supervisión y fiscalización de la calidad del servicio
En línea con lo anterior, y como parte de las medidas para mejorar la calidad del servicio, se incorpora la supervisión del Servicio Nacional del Consumidor y con ello, la facultad de que las personas usuarias puedan realizar reclamos respecto a los problemas de atención, servicios y cobros irregulares.
“Se va a unificar la prestación de servicio, se van a evaluar anualmente, se van a auditar anualmente y las personas van a poder reclamar ante el Servicio Nacional del Consumidor si están o no recibiendo el servicio que dice la ley que deberían recibir”, señaló Gajardo.
Y agregó que “esto debería (ayudar) a que primero no ocurra que cuando las personas van a una notaría —que muchas veces hay notarías en una misma cuadra—, encuentran que hay prestaciones del servicio que son completamente distintas, tanto de horario de funcionamiento como de la forma en que prestan el servicio como también de las tarifas”.
Modernización y cambios en la atención al público
Por último, se establecen mejoras en la atención al público. Por ejemplo, con horarios obligatorios de funcionamiento y requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento tecnológico.
Sobre esto último, se apuesta por la modernización y digitalización del servicio mediante el acceso remoto y gratuito a los registros, sitios web informativos, canales de reclamos y mejoras en infraestructura, señalaron desde el Gobierno.