Pasadas las 18 horas ingresó al Congreso el proyecto que modifica la ley antiterrorista. Sin embargo, de acuerdo a la información emitida por la oficina de partes no habría ingresado con ningún tipo de urgencia.

La oficina de Partes del Congreso Nacional informó que este proyecto ingresó con ningún tipo de urgencia.

Este proyecto indica en el artículo 1º que constituirán los delitos terroristas cuando el hecho se cometa con la finalidad de producir en la población o en parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados, sea por la eviencia que obedece a un plan premeditado atentar contra una categoría o grupo determinado de personas, sea porque se cometa para arrancar o inhibir resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias.

Además en el artículo 2º señala que hay que reemplazar el encabezamiento a la frase que “reunieran algunas características señaladas en el artículo anterior por no cumplir lo dispuesto en el artículo número 1.

Asimismo, rebaja algunas clases de penas, también se refiere respecto del parricidio, excluyenmdo la fgura del parricidio de lo que es la ley de penalidades terroristas.