La Corte de Apelaciones de Santiago ya tiene la lista completa de quienes buscan ocupar, de manera interina, el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, vacante tras la renuncia de Kamel Saquel. Son 28 nombres, entre notarios, conservadores y un archivero judicial, que ingresaron al ruedo en apenas cinco días hábiles, tiempo que duró el concurso.
Pero esta vez, el grupo llegó bautizado -puertas adentro- con un mote que corre entre pasillos y carcajadas: el “super rico temporal”. Una forma de aludir, con humor casi colegial, a la ventaja de administrar por un período acotado uno de los registros mejor pagados del país.
La convocatoria se abrió el 17 de noviembre mediante Rol 3961-2025, dirigido solo a quienes integran el Escalafón Secundario Segunda Serie Primera Categoría. El llamado fue claro: enviar antecedentes en apenas cinco días. Quien gane, asumiría un interinato de un número alto de tráfico documental y de enorme peso en operaciones inmobiliarias y medidas cautelares.
La nómina, ahora en manos del presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago, Fernando Carreño, incluye perfiles de todo el país: notarios titulares, conservadores regionales y funcionarios con trayectoria en registros judiciales.
Entre los postulantes figuran:
Gabriel Ogalde Rodríguez, 3ª Notaría de Santiago Humberto Quezada Moreno, 26ª Notaría de Santiago Nancy De La Fuente Hernández, 37ª Notaría de Santiago Pablo González Caamaño, 9ª Notaría de Santiago Cosme Gomila Gatica, 4ª Notaría de Santiago Claudia Gómez Lucares, 50ª Notaría de Santiago Myriam Amigo Arancibia, 21ª Notaría de Santiago Renata González Carvallo, 23ª Notaría de Santiago Julián Miranda Osses, Archivero Judicial de Santiago. Francisco Varas Fernández, 32ª Notaría de Santiago Gerardo Carvallo Castillo, 1ª Notaría de Rancagua Gloria Ortiz Carmona, 3ª Notaría de Vitacura Eduardo Fuenzalida Robledo, Notaría de San Miguel Carlos Martínez Elgueta, Conservador y Notaría de Vilcún Matías Rand González, 1ª Notaría de Coyhaique Fernando Manterola Salas, Conservador y Archivero de Arica Alejandro Guerra Pinto, 1ª Notaría de Independencia Alejandra Loyola Ojeda, 3ª Notaría de Providencia Orlando Cerda Silva, 7ª Notaría de Viña del Mar Pablo Martínez Loaiza, 1ª Notaría de La Reina Paulina Valderrama Valdés, Notaría Octava de Talca y Conservador de Maule Paulo Andrés Escobar Caro, 2ª Notaría de Pudahuel
A ellos se suman otros postulantes de notarías y conservadurías de regiones, completando el listado oficial entregado por la Corte tras el cierre del plazo.
¿Cuáles son las funciones del cargo?
El cargo que hoy está en disputa no es cualquier asiento administrativo. Se trata del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar, una de las unidades que tiene un impacto económico y jurídico trascendental. Su función está regulada por la Ley sobre Registro Conservatorio que data de 1931, decreto con fuerza de Ley 247, y concentra algunas de las decisiones más delicadas del tráfico patrimonial del país.
Este registro opera como el punto de control donde se inscriben todas las resoluciones judiciales que limitan la capacidad de una persona para administrar o disponer de sus bienes. Aquí llegan, por ejemplo, las interdicciones civiles por demencia, prodigalidad o quiebra, además de las prohibiciones de enajenar dictadas en juicios civiles, de familia, laborales, penales y contencioso-administrativos. En la práctica, es el “sistema nervioso” que contribuye a evitar fraudes, impedir ventas irregulares y proteger el patrimonio en disputa.
Cada orden de prohibición, retención o medida precautoria debe ser inscrita de manera inmediata. También sus modificaciones, alzamientos y revocaciones. Si el registro no refleja a tiempo una orden judicial, una operación inmobiliaria puede concretarse de forma indebida, generando perjuicios millonarios. Por eso, el Conservador tiene un deber de control preventivo: verificar que la resolución provenga de una autoridad competente, que sea formalmente válida y que lo solicitado coincida con lo decretado por el tribunal.
En Santiago, esta función adquiere una escala singular. La capital concentra miles de medidas mensuales, muchas vinculadas a operaciones inmobiliarias de gran valor, litigios complejos, embargos bancarios y cautelares de alta sensibilidad económica. Cualquier error en la tramitación puede afectar compras, ventas, créditos hipotecarios o garantías financieras.
La legislación exige, además, que toda esta información sea pública, para garantizar seguridad jurídica y transparencia en el mercado inmobiliario. De ahí entonces que este registro es considerado, dentro del propio sistema, uno de los puntos sensibles de la estructura registral: un espacio donde se cruzan decisiones judiciales, intereses patrimoniales y operaciones financieras que no pueden detenerse.
Es esa combinación, alto volumen, impacto inmediato y responsabilidad legal directa, la que convierte al interinato del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar en una plaza particularmente codiciada y estratégicamente sensible. Y la razón por la cual, puertas adentro de la judicatura y del propio mundo registral, el puesto es observado con una mezcla de urgencia, cautela y expectación.