Mauricio Méndez | Agencia UNO

Frente Amplio acusa maniobra de Gobierno tras rechazo del TC al requerimiento contra ley antisaqueos

29 enero 2020 | 00:13

Luego de que el Tribunal Constitucional (TC) declarara inadmisible el requerimiento de la oposición, que lideró el Frente Amplio, en contra de la ley antisaqueos y antibarricadas, desde Convergencia Social acusaron una maniobra del Gobierno para evitar que dicho precepto fuera frenado y presentaron un “téngase presente” ante el mismo organismo constitucional, además de anunciar que analizan otras vías para evitar que la polémica normativa se aplique.

Específicamente en relación al rechazo, el TC argumentó que declaró inadmisible el recurso “por haberse deducido fuera de la oportunidad legal”.

Sin embargo, para representantes de Convergencia la escena es más compleja que el cumplimiento o no del plazo.

Lo anterior, porque aseguran que lo que hubo fue una jugada del Ejecutivo, al adelantarse en la promulgación del proyecto, lo que dejó al recurso presentado por la oposición inmediatamente obsoleto, pese a que se presentó dentro del plazo de los cinco días de aprobado el proyecto de ley en el Congreso, ya que fue ingresado luego de la acción del Gobierno que consolidó el trámite legislativo de la polémica norma.

“Queremos aclarar que el escrito ingresó dentro de los cinco días que otorga la Constitución para estos requerimientos, por lo que es absolutamente falso a nuestro juicio que éste fue presentado fuera de plazo”, dijo la diputada y presidenta de Covergencia Social, Gael Yeomans.

Viveza del Gobierno

“Es clarísimo como este Gobierno sabía el riesgo que corría esta ley represiva que limita el derecho a manifestarse si era revisada en su constitucionalidad por el TC y por eso realizó un trámite exprés para promulgarla sin ni siquiera anunciarlo públicamente”, añadió la misma timonel nacional de Convergencia.

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Cumplimos con los requisitos, de interponer el requerimiento dentro de los cinco días de plazo, una vez votada la ley. No obstante, el Gobierno promulgó esta ley antes de los cinco días y no es común que eso se haga así. Por eso presentamos un téngase presente, para que pueda revisarse a fondo”.
- Diego Ibáñez, diputado de Convergencia Social

Yeomans afirmó que junto con la presentación del “téngase presente” para aclarar que el escrito se realizó dentro de los plazos legales: “Estamos estudiando todos los mecanismos institucionales y jurídicos para minimizar los efectos inconstitucionales que se derivan de esta norma represiva de la protesta social impulsada por el Presidente Piñera”, indicó.

En similar postura, el diputado y jefe de bancada de Convergencia Social en la Cámara de Diputados, Diego Ibáñez, respaldó las palabras de Gael Yeomans y señaló que “esta ley antisaqueos es una ley antiprotestas y, desde ahí, recurrimos al TC para resguardar el derecho a la libertad de reunión y manifestación. Cumplimos con los requisitos, de interponer el requerimiento dentro de los cinco días de plazo, una vez votada la ley. No obstante, el Gobierno promulgó esta ley antes de los cinco días y no es común que eso se haga así. Por eso presentamos un téngase presente, para que pueda revisarse a fondo”.

También, Ibáñez descartó que la oposición haya cometido un error sino que “se cumplió con todo, no hubo un error, ni negligencia, al contrario, lo que ocurrió es que el Gobierno se anticipó en su promulgación, de manera poco común y el TC por eso rechazó”.

Tanto Diego Ibáñez como Gael Yeomans precisaron que utilizarán todas las herramientas a su alcance para resguardar el derecho a la manifestación, “que no se siga reprimiendo y criminalizando la protesta social. De la misma forma, es en el proceso constituyente donde debemos resguardar estos derechos básicos que hoy el Gobierno de Piñera intenta vulnerar, que nos permita lograr una democracia sustantiva y sin desigualdades ni privilegios hasta sobre dónde ejercer el derecho a manifestarse”, dijo Yeomans.

En ese sentido, el diputado Ibáñez confirmó que recurrirán a tribunales, cuando se de el caso, para perseguir que a una persona no se le aplique esta norma, bajo el mismo argumento de que es inconstitucional.

Lo que dice la ley

En específico, la ley antisaqueos plantea sanciones para quien interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública; a quien lance a personas o vehículos que se encuentren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes; y para quienes roben o hurten con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público.

Durante su debate en el Congreso, el oficialismo y algunos legisladores de centro defendieron la propuesta remarcando que sus líneas no apuntan a penalizar la protesta social sino al vandalismo que se ha vinculado a ella. Asimismo, llamaron a proteger el derecho de las personas a la dignidad y a la seguridad, así como al funcionamiento de las pequeñas empresas.

Las sanciones de la normativa

El texto aprobado por ambas cámaras indica que será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) el que, sin estar autorizado, interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos.

Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpongan sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta.

Será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día) el que lanzare a personas o vehículos que se encuentren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales, a menos que el hecho constituya un delito más grave.

Aumentan penas para saqueos

Cuando los delitos sancionados en los Párrafos III (Robo con fuerza) y IV (Hurto) del Título correspondiente a “Crímenes y simples delitos contra la propiedad” se perpetraren con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente pero amparado en este, se aumentará la pena privativa de libertad respectiva en un grado.

Tratándose del robo con violencia o intimidación (art. 436) y concurriendo las circunstancias recién indicadas, se aplicará la pena privativa de libertad respectiva, con exclusión de su grado mínimo.

Se agrega que se aplicará la regla para reincidentes, aun cuando el responsable no lo sea reincidente, si los delitos se cometen en circunstancias tales que contribuyan a la sustracción o destrucción de todo o la mayor parte de aquello que había o se guardaba en algún establecimiento de comercio o industrial o del propio establecimiento. En estos casos el hecho se denominará saqueo.