La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo económico presentado por la Inmobiliaria Federico Scotto SpA, vinculada al grupo Biba de los empresarios Francisco Bascuñán, Marcelo Aste, Daniel Bossoney y Armando Ide, en el marco de su disputa con la Municipalidad de Estación Central y la Seremi de Vivienda y Urbanismo, por el denominado “edificio fantasma” de la comuna.
El origen del caso se remonta a 2015, cuando la Dirección de Obras Municipales (DOM) emitió el Permiso de Edificación (PE) N°120. Este autorizó la construcción de un inmueble de 42 pisos, con destino “vivienda y comercio a escala menor“, mediante un sistema de agrupamiento continuo, que consideraba 732 departamentos, 2 locales comerciales, 119 estacionamientos y 168 bodegas.
El edificio se levantó entre 2018 y enero de 2022 en la esquina de avenida Libertador Bernardo O’Higgins y Federico Scotto, cercano al Terminal de Buses Sur Alameda Santiago.
Lo que acusa la inmobiliaria en su recurso
En el recurso se alegan inconsistencias en el PE N°120. Por ejemplo, el inmueble terminó con 36 pisos, 398 departamentos, 101 estacionamientos y 155 habitaciones de hotelería no contempladas.
Ante esto, la inmobiliaria ingresó dos solicitudes de modificación del permiso para “adecuar la autorización a lo finalmente construido”. Tanto el 31 de diciembre de 2020 como el 18 de julio de 2022, ambas fueron rechazadas.
Por esa razón, la empresa recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago en enero de 2025. Sin embargo, el tribunal de alzada desestimó la acción el 23 de abril.
La disputa llegó al máximo tribunal, donde denunciaron que la Seremi de Vivienda y Urbanismo “ha incurrido en ilegalidad al desconocer, en los actos recurridos, que operó el silencio administrativo positivo en relación con su solicitud de modificación del PE N°120/15″.
En su recurso de amparo económico añadieron además que otros seis proyectos similares obtuvieron la aprobación de “la modificación de sus permisos de edificación, los certificados de número conforme a tal modificación y la posterior recepción de obras”.
Finalmente, acusaron que la situación impide “la actividad económica de la actora, por cuanto se ve imposibilitada de comercializar las unidades ya construidas, peligrando su viabilidad”.
Resolución de la Corte Suprema al recurso por “edificio fantasma”
Pese a lo expuesto, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones.
El máximo tribunal indicó que “goza de presunción de legalidad” la actuación de la Dirección de Obras Municipales mediante el Memorándum DOM N°775 de 2024, con el cual se resolvió la denuncia de silencio administrativo planteada por la empresa.
En consecuencia, según la Suprema, “la Seremi no ha incurrido en ilegalidad al impartir instrucciones técnicas para resolver eventuales cuestionamientos a lo resuelto mediante actos administrativos válidos y vigentes”.
Finalmente, en su resolución, el tribunal sostuvo: “Habiéndose descartado la concurrencia de ilegalidad en los actos recurridos, la acción de amparo económico aparece correctamente rechazada“.