Usach

Tribunal electoral anula elección del rector de la Usach y ordena repetir el proceso

16 mayo 2025 | 06:53

El Primer Tribunal Electoral de la región Metropolitana asestó un duro golpe al rector de la Universidad de Santiago (Usach), Rodrigo Vidal, tras anular la elección que lo eligió en dicho cargo. El proceso deberá repetirse.

La decisión se tomó casi tres años después de que se realizara la votación, ocurrida en julio de 2022, esto por un requerimiento de decenas de académicos. Estos reclamaron la exclusión de más de 2.000 profesores del padrón electoral.

Dicho reclamo también fue presentado antes la Junta Electoral de la casa de estudios. Sin embargo, por 5 votos a 4 se determinó dejar a dichos profesores fuera del proceso porque estaban contratados por horas de clase.

“Producto de lo anterior, el universo electoral quedó compuesto sólo por 762 académicos, marginando a más de 2.000 académicos a contrata, que ostentan la calidad de profesores por horas de clase y/o adjuntos y tienen, además, más de un año de antigüedad en la universidad”, se lee en el fallo.

Además, también reclamaron por no incluir a más de 1.500 profesores adjuntos y por realizar la votación de forma electrónica, que no aseguraba un voto secreto.

A ello, se sumó la exclusión de 11 académicos con jornada completa, cuyos cargos fueron suprimidos el año 2012 y posteriormente fueron recontratados como profesores por horas de clase.

Finalmente, acusaron que 18 académicos que no cumplían con el año de antigüedad para votar, se les contó el periodo en que fueron profesores por horas de clase para poder incluirlos en el padrón.

Fallo anula elección

El tribunal acogió la reclamación e indicó que se deberá convocar a una nueva elección antes de 30 días desde que la sentencia sea ejecutoriada. Además, se ordenó que Vidal cese en el cargo.

“La Universidad de Santiago de Chile deberá efectuar un nuevo acto eleccionario, el que será convocado por el organismo colegiado superior respectivo, en el plazo de treinta días, contado desde que esta sentencia quede ejecutoriada y en él tendrán derecho a sufragar todos los académicos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley N°21.094″, se dice en el fallo.