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Sentencian a 6 años de cárcel a hombre que violó a su expareja en la comuna de Cunco

Publicado por Manuel Cabrera
La información es de Carlos Martínez

08 julio 2021 | 00:02

Una sentencia de seis años de presidio deberá cumplir un hombre declarado culpable de violar a su expareja en la comuna de Cunco, destacando la Fiscalía que el Tribunal Oral de Temuco incorporara la perspectiva de violencia de género en su fallo, invocando tratados internacionales sobre la materia.

Con la prueba presentada en un juicio oral, la Fiscalía acreditó que el 27 de febrero de 2020, el acusado, de iniciales M.Q.L. de 46 años, visitó a la víctima en su vivienda, donde usando la fuerza la violó cuando ella se negó a una reconciliación.

En el juicio oral, el Ministerio Público pudo demostrar que el delito de violación fue cometido, por cuanto el ahora condenado lo negó permanentemente, aseverando que hubo consentimiento, lo que fue desvirtuado con las pruebas presentadas ante los jueces.

En ese sentido, el fiscal Ítalo Ortega, de la Unidad de Delitos Sexuales de Temuco, quien sostuvo la acusación en la causa, precisó que el hombre en su declaración dejó de manifiesto su violencia de género, lo que fue recogido por los jueces en la respectiva sentencia, al aludir a tratados internacionales suscritos por Chile, entre ellos, la Convención de Belém do Pará, la cual reconoce la violencia contra la mujer como una violación a sus derechos humanos.

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La sentencia, señala que expresiones entregadas por la víctima al narrar la experiencia, como cuando refirió que luego de agredirla su expareja le decía que violaría a toda pareja que tuviera en el futuro, “reflejan la dominación como mecanismo relacional por parte del acusado, máxime el contexto de no entender o aceptar el término de una relación, como evidente señal de posesión sobre una persona”.

Finalmente, el acusado fue sentenciado a 6 años de presidio efectivo como autor del delito de violación.

Adicionalmente, cuando termine de cumplir la pena quedará sujeto a la vigilancia de Carabineros durante 2 años, a lo que se suma la prohibición de aproximarse a la víctima y visitar su domicilio o el lugar de trabajo por el lapso de 10 años a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada.