La Segunda Sala de la Corte Suprema, en fallo dividido, acogió un recurso de apelación contra una resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó el traslado de reos en prisión preventiva asociados al Tren de Aragua desde el penal de Acha a otros recintos.
Según se lee en una publicación del Poder Judicial, el tribunal de alzada declaró inadmisible un recurso interpuesto en nombre de Gendarmería, institución que a juicio de los supremos “tiene la misión legal de velar por el resguardo en los recintos penales de la seguridad de estos, de las personas privadas de libertad que allí se encuentren y de su personal”.
“Que en cuanto a lo controvertido no resulta tan claro que por no ser interviniente esa institución no tenga la posibilidad de ser oída cuando precisamente tal encargo legal pueda verse en riesgo de incumplimiento”, agregaron.
“Tampoco parece indiscutible que por la vía del artículo 52 del Código Procesal Penal no pueda estimarse revisable una decisión que pueda afectar de tal manera una misión institucional prioritaria, como es la de velar por la seguridad en los recintos penitenciarios y de las personas que allí se encuentren por distintos motivos, objetivo que incide en todo proceso penal que involucre privados de libertad”, complementaron.
Junto a eso, el fallo del máximo tribunal estableció que los magistrados de alzada, en su decisión de mayoría, “han incurrido en falta o abuso grave al declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Gendarmería de Chile respecto de la resolución del Juzgado de Garantía de Arica, de 26 de julio de 2022, siendo procedente dicho recurso”.
Así es como la justicia, en su última instancia, acogió el recurso de queja deducido por el Consejo de Defensa del Estado en representación de Gendarmería de Chile.
El Tren de Aragua es una asociación ilícita dedicada, entre otros delitos, al tráfico de drogas, lavado de dinero y secuestros.