El conjunto valdiviano cometió un error garrafal y el Tribunal de Disciplina no perdonó: le dio la victoria a Rengo por alineación indebida en un duelo de Segunda División.

En la Segunda División no se puede creer lo que le pasó a Deportes Valdivia. El equipo del Torreón, lamentablemente, hizo noticia durante la presente jornada luego de que se diera a conocer que perdió un partido por secretaría, todo esto, debido a una alineación indebida.

Resulta que en su duelo ante Deportes Rengo, que había igualado en cancha por 2-2, el elenco valdiviano mandó a la cancha a Gonzalo Miranda.

Dicho jugador, precisamente, habilitado para jugar debido a su suspensión por tarjetas amarillas y la situación no pasó inadvertida para el Tribunal de Disciplina.

“Conforme a la reglamentación vigente, el partido siguiente del club Deportes Valdivia lo
disputó el día 27 de agosto contra Deportes Concepción, debiendo cumplir la sanción
impuesta en el partido subsiguiente, el cual correspondía contra Deportes Rengo el día 2 de
septiembre
“, aseveró el órgano judicial de ANFP.

Para más remate, la defensa del conjunto de la Región de Los Ríos ante el Tribunal fue desestimada, dado que el fallo señaló que “el día 17 de agosto, a las 11:25 horas, el Club Deportes Valdivia fue notificado mediante correo electrónico enviado por la Secretaría Ejecutiva, de la sanción impuesta al jugador Gonzalo Medina“.

En tal escenario y a pesar de conocer la amonestación a su futbolista, el equipo valdiviano decidió alinear de igual manera al apuntado Medina en su duelo ante Deportes Rengo.

Tal motivo, entonces, derivó en la victoria del club ‘Oro y Cielo’ ante Valdivia por 3-0, tal como dicta el reglamento de la Segunda División. En tanto, el equipo rojiblanco sigue complicándose en un difícil momento institucional.

Cabe consignar que, de acuerdo al Código de Procedimientos y Penalidades de la ANFP, los fallos por desobediencia son inapelables, por lo que el castigo es irrevocable.

Según detalla el artículo n°49, “no son apelables las sanciones que se impongan por desacato… Y las demás multas que se señalen como inapelables en el Reglamento y Bases”.