¿Qué hacer si estoy en una categoría de morosidad y no lo soy?: Puedo ser indemnizado

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Han aumentados los casos de clientes que figuran en los boletines comerciales dentro de alguna categoría de morosidad o deudora, pero no lo son. Ante esta situación, el exdirector del Sernac, Lucas del Villar, explicó cuáles pueden ser las consecuencias y qué derechos poseen los consumidores.

En primera instancia, el abogado fue enfático en señalar que “la ley no permite que estén en los registros públicos (información de deudas) como, por ejemplo, los servicios básicos; las autopistas; en materia de salud”.

En ese sentido, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) “ha sancionado a algunas instituciones financieras que informaban a consumidores deudores como morosos sin serlo”.

“Es un tema bastante grave porque la información que se otorga al mercado no cumple su objetivo y afecta sustancialmente a esos consumidores en accesos a bienes y servicios básicos (…) Se les cierran muchas puertas en nuestro sistema y eso no puede pasar. Además, genera una ventaja competitiva”, agregó Lucas del Villar.

En caso de ocurrir esta situación, el abogado sostuvo que se debe “poner en conocimiento de la autoridad de consumo, en este caso el Sernac, que hay una empresa que está realizando gestiones de cobranza a una persona que no es deudor, que no es cliente siquiera”.

En ese sentido, se “puede optar a sus propios datos e información, y se tiene derecho, no solamente a corregirlos sino que, cuando esto esta mal, a solicitar que la empresa ajuste sus bases de datos”.

“Y si existe alguna infracción, a ser indemnizados porque es una daño muy grande a la reputación pública aparecer en un boletín comercial como deudor moroso”.

Revisa todos los detalles en el video.

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Han aumentados los casos de clientes que figuran en los boletines comerciales dentro de alguna categoría de morosidad o deudora, pero no lo son. Ante esta situación, el exdirector del Sernac, Lucas del Villar, explicó cuáles pueden ser las consecuencias y qué derechos poseen los consumidores.

En primera instancia, el abogado fue enfático en señalar que “la ley no permite que estén en los registros públicos (información de deudas) como, por ejemplo, los servicios básicos; las autopistas; en materia de salud”.

En ese sentido, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) “ha sancionado a algunas instituciones financieras que informaban a consumidores deudores como morosos sin serlo”.

“Es un tema bastante grave porque la información que se otorga al mercado no cumple su objetivo y afecta sustancialmente a esos consumidores en accesos a bienes y servicios básicos (…) Se les cierran muchas puertas en nuestro sistema y eso no puede pasar. Además, genera una ventaja competitiva”, agregó Lucas del Villar.

En caso de ocurrir esta situación, el abogado sostuvo que se debe “poner en conocimiento de la autoridad de consumo, en este caso el Sernac, que hay una empresa que está realizando gestiones de cobranza a una persona que no es deudor, que no es cliente siquiera”.

En ese sentido, se “puede optar a sus propios datos e información, y se tiene derecho, no solamente a corregirlos sino que, cuando esto esta mal, a solicitar que la empresa ajuste sus bases de datos”.

“Y si existe alguna infracción, a ser indemnizados porque es una daño muy grande a la reputación pública aparecer en un boletín comercial como deudor moroso”.

Revisa todos los detalles en el video.