El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó cómo funciona el derecho a retracto, en caso de que te arrepientas de la matrícula que realizaste en el proceso de admisión 2025.
Esta instancia para inscribirse en la educación superior partió este martes 21 de enero, luego de que el Demre publicara los resultados de las postulaciones a universidades.
Las y los futuros estudiantes tendrán plazo hasta el jueves 30 de enero para matricularse en la casa de estudios en la que fueron seleccionados, sin embargo, por uno u otro motivo, puede ocurrir que necesiten anular dicha inscripción.
Así funciona el derecho a retracto por matrículas
Según explicó el Sernac, en Chile las personas están amparadas bajo la Ley del Consumidor, que en este caso establece que quienes ingresan a primer año de una carrera de pregrado, pero ya se habían matriculado y quieran cambiarse de institución, podrán hacerlo dentro de un plazo de 10 días.
Esta medida aplica para universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica. Al respecto, el artículo 3 ter de la Ley 19.496 dice lo siguiente:
“Se faculta al alumno o a quién efectúe el pago en su representación para que, dentro del plazo de diez días contados desde aquél en que se complete la primera publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, deje sin efecto el contrato con la respectiva institución, sin pago alguno por los servicios educacionales no prestados“.
En la publicación, la institución continúa explicando que estos 10 días son corridos y que el derecho a retracto podrá ser ejercido desde que se publicaron los resultados de las postulaciones, vale decir, entre el 21 y el 30 de enero.
Además, podrán hacer uso de él aquellas/os que se matricularon para 2025 o quienes efectuaron el pago en su representación “no importando el tiempo transcurrido previo a la publicación de los resultados del sistema de acceso”.
Por consiguiente, la casa de estudios tendrá que devolver lo pagado dentro de 10 días corridos desde que se ejerció el derecho a retracto, junto a la documentación que respalda el pago. Y solo podrá retener hasta un 1% del arancel anual por costos de administración.
¿Cómo ejercerlo y qué pasa si la casa de estudios se niega?
Quienes busquen cambiarse de institución y cumplan con lo antes establecido, tendrán que presentar el comprobante de segunda matrícula en la institución donde se inscribieron en primera instancia, junto a una fotografía de la cédula de identidad vigente por ambos lados.
Desde Sernac recomiendan acompañar estos documentos con una carta donde manifiesten que quieren retractarse y quede clara la fecha. El formato podrá ser revisado en sernac.cl/retracto o en sesuperior.cl.
Luego tendrás que pedir a la casa de estudios que timbre o firme una copia de la carta para que quede constancia de la fecha.
En caso de que luego de 10 días corridos no se reciba la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, se trataría de una infracción a la Ley del Consumidor, por lo cual podrás ingresar un reclamo en el Portal del Consumidor, llamando 800 700 100, en las oficinas de Sernac o en la plataforma de reclamos y denuncias de la Superintendencia de Educación Superior (accede aquí).