El abogado del padre de Tomás Bravo no descartó que la Fiscalía de Los Ríos pueda perseguir a Jorge Escobar ahora por otro delito, aunque admitiendo que esa posibilidad se va a enfrentar con la discusión sobre la cosa juzgada o la doble persecución.
Por su parte, desde la Defensoría subrayaron en que el Ministerio Público deberá pagar las costas del juicio tras el veredicto absolutorio.
Continuaron las repercusiones sobre la resolución del Tribunal Oral de Cañete, que dejó sin responsables el caso Tomás Bravo, tras absolver al único acusado en la investigación, el tío abuelo del niño, Jorge Escobar Escobar.
El abogado Cristian Echayz, quien ha representado desde el inicio a Moisés Bravo, el padre de la víctima, señaló que si bien el veredicto entregado era esperable, no están de acuerdo con la apreciación de los jueces y por eso evaluarán un recurso de nulidad.
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Doble persecución en caso Tomás Bravo
Sobre lo que sigue, considerando la arista de Valdivia por violación con homicidio, el abogado querellante indicó que es posible que la fiscal regional Tatiana Esquivel decida formalizar, aunque en ese escenario la Defensoría seguramente invocará las normas que prohíben juzgar dos veces a alguien por un mismo hecho.
Es más, prevé que por tratarse de un debate netamente técnico, la causa que se investiga contra Jorge Escobar en la región de Los Ríos podría llegar “al máximo tribunal, donde se va a tener que determinar si esta absolución configura tanto la excepción de cosa juzgada o la doble persecución, que está prohibida”.
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La eventualidad de formular cargos contra Jorge Escobar dependería de que su absolución sea definitiva, lo que además incidiría en una condena al Ministerio Público para que pague las costas del juicio, es decir, lo que costó a la Defensoría representar al acusado en estos cuatro años de proceso, como lo explicó el defensor regional Osvaldo Pizarro.
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La entrega del fallo fue programada para el 28 de julio, tras lo cual la Fiscalía y el querellante tendrán 10 días para decidir impugnar o no la sentencia.