CONTEXTO | Agencia UNO

Corte de Concepción ordena a Carabineros cese de balines y limitar lacrimógenas en marchas pacíficas

Por Nicolás Díaz
La información es de Daniela Forero-Ortiz

14 noviembre 2019 | 10:05

La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó a Carabineros suspender el uso de balines de goma y restringir la utilización de bombas lacrimógenas en las marchas pacíficas, dentro de su territorio de jurisdicción.

La medida viene luego que el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Alejandro Navarro, y dos abogados, presentaran un recurso de amparo preventivo a favor de 186 personas para cesar el uso de armas no letales.

Además, la acción se origina a días de que la Corte de Apelaciones de Antofagasta también prohibiera su uso tras acoger parcialmente una orden de no innovar.

De acuerdo a la orden, Carabineros tendrá que abstenerse del uso de armas letales, balines, gases lacrimógenos o “cualquier otro método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten”.

En total fueron dos las resoluciones dictadas por la justicia penquista. La primera fue una sentencia que rechazó la prohibición de los balines de goma que solicitaba el senador Alejandro Navarro y sólo ordenando a Carabineros limitarse a lo que establecen los protocolos.

La segunda fue una orden de no innovar, acogida en un segundo recurso de protección presentado por los abogados Nicole Soto y Ricardo Galaz, y en ese dictamen, lo que prohibió el tribunal de alzada, son las escopetas antidisturbios frente a manifestaciones pacíficas y restringiéndolas únicamente a situaciones extremas, como lo precisó el ministro Gonzalo Rojas.

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Según el razonamiento del tribunal, las fuerzas policiales deben garantizar el orden público y actuar de forma estricta con los protocolos establecidos sobre el uso de la fuerza policial y sus principios inspiradores.

Asimismo, el tribunal de alzada indicó que se les tiene que informar sobre las medidas de instrucción y capacitación de los funcionarios, y que deberán adoptar las medidas necesarias para la actualización de los protocolos.

Consultado sobre los dos pronunciamientos, Guillermo Rioseco, abogado del senador Navarro, lamentó que la Corte de Apelaciones de Concepción no fuera al fondo por las personas que han recibido perdigones en sus ojos, y terminara dejando en el cumplimiento de los protocolos el uso de los elementos de disuasión policial.

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A la fecha, la suma sobrepasa los 200 afectadas e, incluso, se registró el caso del joven Gustavo Gatica, quien recibió impactos en sus dos ojos.