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Polémica por fiscalizaciones en Fiestas Patrias: INDH cita derecho a la "inviolabilidad del hogar"

15 septiembre 2020 | 14:08

Tras los cuestionamiento suscitados por las declaraciones de la seremi de Salud de la región Metropolitana, Paula Labra, en relación a la fiscalización de hogares durante estas fiestas patrias y las potestades que le conciernen a dicha autoridad, desde el Instituto Nacional de Derechos Humanos salieron a aclarar algunas cuestiones y anunciaron que oficiarán a las autoridades de Salud.

Señalaron que “en Estado de Catástrofe y de Emergencia Sanitaria, el Estado tiene atribuciones excepcionales y puede limitar solo el derecho de reunión y desplazamiento, para resguardar la salud, vida y seguridad de la población”.

“La Constitución de Chile asegura el derecho a la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada (Artículo 19 N°5)”, y mencionan que “la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra el derecho a la privacidad (artículo 12).

En esa línea, aclaran que “las autoridades sanitarias y de orden del Estado solo podrán ingresar al hogar de una persona si ésta accede voluntariamente a ello, existe una orden judicial o hay signos evidentes de que se está cometiendo un delito”.

“El código sanitario permite atribuciones excepcionales a la autoridad, pero siempre deben ejercerse respetando los DD.HH. de las personas”.

Finalmente, sostienen que “el INDH enviará hoy (martes) un oficio a las autoridades de salud, consultando la legalidad de la medida anunciada”.

La fiscalización en detalle

Fue este lunes cuando la seremi de Salud de la región Metropolitana, Paula Labra, señaló en entrevista con Radio Bío Bío que los fiscalizadores estaban facultados para ingresar a viviendas y comprobar el cumplimiento del plan “fondéate en tu casa”, lo que fue cuestionado desde algunos sectores debido a la normativa vigente que establece la inviolabilidad del hogar, existiendo contadas excepciones.

Sin embargo, este martes Labra detalló a fondo el procedimiento, señalando que los fiscalizadores están facultados para “hacer una resolución de allanamiento, una orden de allanamiento que sale firmada por la autoridad máxima, la seremi en este caso”.

Por su parte, el intendente de la región Metropolitana, Felipe Guevara, explicó que “la autoridad policial puede ingresar a un domicilio a verificar la identidad y el número de personas que se encuentran en ese domicilio”.

Lo anterior podría darse tras una denuncia, por ejemplo, de una fiesta o una ramada donde se generen aglomeraciones. “Las policías van a llegar a ese lugar a fiscalizar lo que ahí esté ocurriendo y desde luego tomará todas las medidas que correspondan”, adujo.

Es más, aclaró que “la autoridad sanitaria por sus propios medios no lo puede hacer, pero sí con apoyo de las policías”.

Detalló que de comprobarse que existe una falta en flagrancia, que es fruto de una denuncia, lo que corresponde “es que la autoridad haga la fiscalización y para eso las personas tendrán que identificarse y señalar el número en que se encuentran en ese lugar”.