La Corte Suprema confirmó la sentencia contra Ripley Store Limitada por vulnerar el derecho fundamental de no discriminación.
Todo surge en 2020, a propósito de la dictación de la Ley de Protección al Empleo.
De acuerdo a la acusación, la empresa desarrolló presiones indebidas con el objeto de que los trabajadores firmaran el pacto de suspensión de relación laboral, a pesar de que los sindicatos querían lograr un mayor beneficio.
Como dicho acuerdo no se alcanzó, la denunciada decidió ofrecer directamente determinadas condiciones a algunos empleados.
Al ofrecer incentivos sólo a un determinado grupo, se determinó que Ripley Store Limitada -hoy Comercial ECCSA S.A.- incurrió en prácticas lesivas del derecho a la no discriminación.
En ese sentido, se le obligó al pago de una multa de 100 UTM -cerca de 6,3 millones de pesos- y a entregar el Bono Marzo a todos los trabajadores que suscribieron el pacto y a los que no lo hicieron.