Agencia UNO

Abogados advierten sobre uso ilegítimo de Ley de Protección al Trabajo: podría colapsar FCS

Por Sebastián Asencio Rivera
La información es de Diego Vera

19 abril 2020 | 10:25

El pasado viernes, el Ministerio del Trabajo dio a conocer que desde la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo el 3 de abril, 56 mil 986 empresas ya se habían acogido al beneficio, es decir, que en dos semanas, poco más del 6% de todas las empresas del país han optado por esta opción.

Además, la ministra del Trabajo dijo que 786 mil trabajadores podrían verse afectados por esta medida, o casi el 9% del total de ocupados en Chile, según el último informe del INE y teniendo en cuenta el despido de 299 mil 518 trabajadores sólo en marzo.

Después de que algunas grandes empresas anunciaran la suspensión de la relación laboral a sus trabajadores, la jefa de la cartera de Trabajo aclaró que la ley no es exclusiva para las pymes y que su uso debe ser solo cuando la empresa tenga la necesidad de hacerlo y sus ingresos estuvieran siendo afectados por la crisis.

Sobre esto, el abogado del área de litigación corporativa de la firma Moraga y Cía, Diego Messen, advirtió que una vez que los fondos de los trabajadores en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) se extingan y se recurra al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), este podría ser insuficiente.

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El abogado fundador de Trabajolegal.cl, Luis Herrera, dijo que la fiscalización en algunos casos contempla un problema, ya que la ley no ha definido el alcance de los conceptos que establece en uno de sus artículos.

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El socio fundador de Eguiguren Abogados, Pedro Eguiguren, indicó que el rol de la inspección del trabajo es fiscalizar que el trabajador esté prestando efectivamente servicio a la empresa de forma presencial o por teletrabajo y llamó a los trabajadores y empresarios a ser responsables en la aplicación de este beneficio.

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Las sanciones por el mal uso o incumplimiento de la ley, contemplan multas por la restitución de los montos indebidamente percibidos por los trabajadores, hasta presidio menor en su grado máximo, pena que puede llegar hasta los 5 años de cárcel.