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Suprema le da razón a gimnasta y anula fallo de CNAD que absolvió a DT acusado de cobros irregulares

21 octubre 2025 | 13:42

La polémica no tiene fin. La Corte Suprema le dio la razón al gimnasta Cristóbal Cuevas y anuló el fallo de la Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) que desestimó diversas acusaciones del deportista. Entre ellas, el cobro irregular de quien fuera su entrenador, Christian Bruno.

El origen del caso se remonta a noviembre del 2024. Tal como publicó BioBioChile esa vez, Cuevas denunció discriminación de parte de Bruno, quien también ejercía labores de seleccionador nacional. En específico, contó que les exigió una parte de los premios y una remuneración mensual, por la beca que había ganado, y que el negarse fue marginado de los entrenamientos.

“Es lo que yo considero correcto por concepto de premio por haber obtenido una medalla internacional: 70% para el atleta y 30% para el entrenador”, justificó el DT, en un mensaje de WhatsApp.

El caso escaló al CNAD que, en una sola jornada, el pasado 25 de marzo de este año, terminó absolviendo a Bruno. Clave fue, para el organismo, que Cristóbal Cuevas no pudo comprobar con testigos las faltas denunciadas.

“En definitiva, no habiéndose creado convicción por parte del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo que se hayan verificado conductas vulneratorias, este tribunal rechaza la denuncia interpuesta, y, en consecuencia, absuelve a don Christian Bruno”, resolvió el CNAD en su fallo.

Corte de Apelaciones anula juicio y Corte Suprema lo ratifica

La resolución del CNAD fue celebrada por Bruno. “Por supuesto, no presentaron ningún testigo ni evidencia que pudiera demostrar mi supuesto abuso. Las funas las hace cualquiera, demostrarlo es otro cuento”, expresó.

Sin embargo, Cuevas decidió insistir. Fue hasta la Corte de Apelaciones de La Serena -su ciudad- y presentó un recurso de protección buscando que el fallo fuera anulado. Y lo logró: el 3 de julio el tribunal respaldó su presentación.

La corte serenense, incluso, criticó que durante el proceso “se citó a audiencia única por la renuncia del responsable institucional y con el fin de evitar dilaciones” y que “no cabe sino concluir que en la tramitación del procedimiento se incurrió en un vicio procedimental, el que atenta contra las posibilidades de actuación del denunciante quien, sin perjuicio de comparecer en la instancia con defensa letrada, interpuso la acción ante éste, privándosele de las posteriores facultades que el instrumento normativo otorga, incidiendo en la valoración que sustenta la decisión comprendida en el acto terminal”. También hizo hincapié en que “la tramitación del procedimiento sin el fiscal ad hoc, como tercero imparcial y cuya comparecencia se previene en la normativa que regula el proceso de denuncia, atenta contra la garantía del actor a no ser juzgado por comisiones especiales”.

Ante el ‘golpe’ que su fallo fue anulado, el CNAD fue hasta la Corte Suprema con la idea de mantener su decisión. Pero la resolución en el máximo tribunal tampoco fue a su favor.

Este martes 21 de octubre se conoció que la respuesta de la Suprema: “Se confirma el fallo apelado de fecha treinta de junio de dos mil veinticinco, dictado por la Corte de Apelaciones de La Serena”, dice el escrito, al que tuvo acceso BBCL.

“Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Matus, quien estuvo por revocar la sentencia impugnada rechazando el presente recurso de protección, teniendo únicamente presente que ante una situación de laguna normativa corresponde al órgano intermedio decidir la forma de solucionar los conflictos sometidos a su conocimiento, por lo que el Comité deA rbitraje Deportivo no actuó como una comisión especial o un tribunal ad hoc, sino que lo hizo en el marco de sus facultades y atribuciones propias”, concluye.

A favor estuvieron los ministros Diego Simpertegui Limare, Raúl Fuentes Mechasqui y José Valdivia Olivares.

Con esto, el fallo del CNAD queda completamente anulado y deberá iniciar, el mismo organismo, un nuevo proceso, con jueces que no hayan estado en el anterior.