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La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó de manera unánime el recurso de protección presentado por el jurista Sebastián Buré en nombre de la atleta Berdine Castillo, contra el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) por el caso en los Juegos Panamericanos Santiago 2023. El CNAD absolvió a Ximena Restrepo y al entrenador Marcelo Gajardo de acusaciones de malos tratos y discriminación, a pesar de la insistencia de la defensa de Castillo. El fallo, emitido este viernes, fue desfavorable para la atleta. El CNAD celebró la decisión de la Corte Suprema al no encontrar actos ilegales que vulneren las garantías planteadas. Berdine Castillo no podrá apelar esta resolución en la Justicia y su única opción sería llevar el caso al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó, por un fallo unánime, el recurso de protección interpuesto por el jurista Sebastián Buré, en representación de la atleta Berdine Castillo en el caso contra el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD), que en abril de 2024 absolvió a Ximena Restrepo y al entrenador Marcelo Gajardo de denuncias por malos tratos y discriminación en los Juegos Panamericanos Santiago 2023.

Cabe señalar que la deportista, a través de su abogado, buscó que se acogiera el mencionado recurso al considerar que en el caso se vulneró el principio, entre otros, de igualdad.

Anteriormente, la defensa de la velocista insistió, en su escrito, que “la Sra. Ximena Restrepo ingresó violentamente, gritó e insultó a diversos miembros del cuerpo técnico, presionando y tratando en todo momento de sacar a la atleta Berdine Castillo del equipo. Expresó la frase ‘esta negra no tiene por qué correr’, entre muchas otras expresiones discriminatorias”.

Pese a la insistencia, el fallo que se hizo público este viernes fue desfavorable para la atleta nacional.

El abogado Héctor Ruiz Vargas, representante del CNAD en la instancia, valoró que la Corte Suprema “fue muy clara en establecer que el recurso de protección deducido además de ser extemporáneo, no se acreditaba ningún acto u omisión ilegal o arbitrario que conculque alguna de las garantías alegadas tales como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y faltas al debido proceso”.

Por su parte, el Presidente de la entidad, Eduardo Arévalo, señaló que “este juicio tuvo un desarrollo dentro del Comité de Arbitraje y otro muy distinto a través de los medios de comunicación”.

“Uno mostrando determinadas pruebas y escuchando una versión de testigos y en los medios instalando situaciones que no constaban ni en la denuncia, no fueron señaladas en el desarrollo de la audiencia, ni fueron planteadas por el abogado de la denunciante”, complementó.

De esta forma, Berdine Castillo no podría apelar la resolución ante la Justicia, por lo que su única vía para continuar -en caso de querer seguir adelante con el caso- sería optar por acudir al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).