Luego de que el pasado 4 de septiembre el exfutbolista Francisco Huaiquipán fuera sorprendido ingresando droga y teléfonos celulares a Colina 1, recinto donde uno de sus hijos está condenado por homicidio, su abogada apeló a la prisión preventiva que cumple actualmente.

A través de un documento, del cual La Tercera replicó algunos párrafos, Gloria Chamorro pide que se revise la prisión preventiva ya que asegura que su defendido “jamás ha cometido delito alguno”.

La semana pasada se determinó que Huaiquipán quedara en prisión preventiva mientras dure la investigación, argumentando que debido a la condena que podría enfrentar (10 años), temen que el exjugador se pueda fugar.

El viernes pasado Chamorro habría ingresado una solicitud explicando que “vengo en apelar de la resolución librada por el tribunal de S.S. con fecha 04 de septiembre de 2021, con ocasión de la audiencia de control de detención y formalización de mi mandante, ya singularizado, en cuanto dispone en su contra la medida cautelar de prisión preventiva”.

“Mi representado JAMÁS HA COMETIDO DELITO ALGUNO, situación que en estimación de esta defensa no fue ponderada por el Tribunal a quo al momento de decretar la gravosa medida cautelar objeto del presente recurso”, asegura.

Argumenta que no se ha respetado el principio de inocencia y expresa que aún si “El supuesto ilícito que se imputa a mi representado, ya indicado con precedencia, en el improbable e hipotético evento de que se acogiera la tesis del ente persecutor en el sentido de que, primero existiese y, luego, de que pudiese haber sido cometido por mi defendido, tiene fijado por el legislador una penalidad tal que, aún efectuando una prognosis de la eventual sanción punible que pudiere imponerse a mi mandante, éste de todas maneras sería beneficiado por alguna de las penas sustitutivas al cumplimiento efectivo de condena previstas y reguladas en la Ley nº 18.216 modificada por la Ley nº 20.603, en particular, la libertad vigilada intensiva”.

Así, pide “que se sustituya la gravosa medida cautelar personal de prisión preventiva que rige en perjuicio de mi representado por las del artículo 155 del Código Procesal Penal, en particular, arresto domiciliario total y arraigo nacional o, en subsidio, la o las que vuestra S.S. Iltma. estime procedente en Derecho decretar”.

Se suma a la defensa que realizó la abogada cuando se formalizó el exfutbolista, donde expuso que su representado “tiene irreprochable conducta, en nuestro país él fue un deportista. A sus 43 años no tiene nada en el sistema. No tiene un prontuario para decir que es un peligro para la sociedad. Solo se asocia eso por un peligro de fuga, por una pena que arriesga”.