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Plebiscito: instructivo de Contraloría prohíbe a funcionarios públicos promover alguna opción

28 abril 2022 | 14:10

Un instructivo de la Contraloría prohíbe a funcionarios públicos promover alguna de las dos posturas del plebiscito, que definiría el futuro del proceso constituyente, durante su jornada laboral. Además, no podrán utilizar recursos del organismo al que pertenecen para este fin. La votación, que será de carácter obligatorio y enfrentará a las opciones "Apruebo" y "Rechazo", se realizará el próximo 4 de septiembre.

La Contraloría General de la República (CGR) publicó este jueves las instrucciones que deberán seguir los funcionarios públicos en la antesala del plebiscito que pondrá término al proceso constituyente.

Cabe recordar que las opciones “Apruebo” y “Rechazo” se enfrentarán el próximo 4 de septiembre en las urnas, en una votación de carácter obligatorio para la ciudadanía.

De acuerdo al documento de la CGR, contravienen la probidad administrativa el “ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales”.

Por ende, los funcionarios del Estado no pueden promover ninguna de las posturas del plebiscito, ni asociar la actividad de su respectivo organismo con una de las dos opciones.

Tampoco pueden ejercer influencia sobre otros empleados o sobre particulares con el mismo objetivo, ni valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar alguna de las tendencias.

A pesar de ello, la Contraloría indica que “no se opone a los citados principios” el que determinados órganos del Estado efectúen una “campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe
acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas”.

En este grupo recaen ministros como la Secretaría General de la Presidencia, Secretaría General de Gobierno y Desarrollo Social y Familia.

Contraloría: las conductas que no se pueden adoptar

La CGR detalló las conductas que no pueden asumir los funcionarios públicos en este proceso. En primer lugar, se deben abstener de utilizar dinero o bienes de la institución para beneficiar a alguna de las dos opciones del plebiscito.

En segundo término, no pueden ocupar tiempo de la jornada laboral para participar en campañas o reuniones políticas en relación a este proceso electoral.

Asimismo, el órgano contralor aseveró que los trabajadores del Estado no pueden favorecer o perjudicar alguna de las tendencias, ni a las asociaciones o partidos políticos que guarden relación con ellas.

“Efectuar denuncias de irregularidades o de faltas al principio de probidad de las que haya afirmado tener conocimiento, sin fundamento y respecto de las cuales se constatare su falsedad o el ánimo deliberado de perjudicar al denunciado”, señala el cuarto punto.

Finalmente, no se pueden disponer contrataciones de servicios no personales o a honorarios para las ya referidas finalidades políticas o ajenas a los objetivos del servicio.

Plebiscito: Gobierno defiende prescindencia institucional

El contralor general de la República, Jorge Bermúdez, sostuvo que los funcionarios pueden manifestar su opción fuera del horario laboral y sin uso de recursos públicos.

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Por su parte, el ministro secretario general de la Presidencia, Giorgio Jackson, indicó que el Gobierno defiende la prescindencia de cara al plebiscito del 4 de septiembre.

Sin embargo, afirmó que “eso no exime a las personas de tener su propia opinión política, porque eso es un derecho que todas las personas tienen”.

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Revisa el instructivo completo de la Contraloría: