Fotografía: Agencia UNO | Edición: Jaime Silva

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  • Cuatro de los doce senadores de Chile Vamos que votaron el pasado martes contra la idea de legislar el proyecto de Reforma Constitucional sobre el dominio y uso de las aguas que se discutió en la Cámara Alta, registran en sus declaraciones de patrimonio derechos de agua a título personal, de cónyuges o a través de sociedades en las que tienen participación.

    Según pudo verificar BioBioChile, se trata de los senadores de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Juan Antonio Coloma y Alejandro García Hudobro, y de los también integrantes de la Cámara Alta de Renovación Nacional (RN), Manuel José Ossandón y Juan Enrique Castro.

    Quien encendió las alarmas fue el senador progresista Alejandro Navarro, quien aseguró que los congresistas debieron haberse inhabilitado ante lo que él considera un evidente conflicto de interés en la votación en Sala del martes, en la que se discutió la iniciativa que pretendía elevar a rango constitucional el dominio y uso de las aguas, que actualmente sólo se consagra en el Código de Aguas. Una propuesta que no prosperó a raíz del elevado quórum constitucional de la actual carta magna y que finalmente derivó en que se rechazara con 24 votos a favor y 12 en contra, ya que requería dos tercios -29 de 43 senadores- para ser visado.

    “A lo menos cuatro senadores tienen derechos de agua y votaron en esta ocasión, debiendo haberse inhabilitado. Lo siento profundamente, este proyecto de ley nos desnuda una realidad innegable, los dos tercios son el candado de la Constitución de 1980 y la derecha es el candado al proceso constitucional actual”, acusó Alejandro Navarro.

    En concreto, el senador Alejandro García-Huidobro (UDI), registra en su última declaración de patrimonio, de marzo de 2019, cuatro derechos de aprovechamiento de aguas. Todos en su circunscripción: la región de O’Higgins. Y todos consuntivos; es decir, que faculta a su titular para consumir totalmente las aguas en cualquier actividad.

    El primero de ellos lo obtuvo en 2005, para usar las aguas del Río Cachapoal, específicamente en el Canal El Alba. Mientras tanto, los otros tres los consiguió en 2017, mediante resoluciones consecutivas, para aprovechar aguas del mismo torrente.

    Por su parte, el senador de la región del Maule, Juan Antonio Coloma (UDI), está vinculado a dos derechos de aguas obtenidos en abril de 2011 y octubre de 2013 por la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Santa Eugenia S.A, en la que participa su esposa María Cecila Álamos, y que en el Servicio de Impuestos Internos (SII) registra, entre otras actividades, la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas.

    Según consta en los registros de la Dirección General de Aguas, se trata de derechos consuntivos de aguas subterráneas en la Provincia de Petorca, en la comuna de Cabildo. El primero le concede un caudal de 9,1 litros por segundo, equivalente a un volumen anual de 286.978 metros cúbicos. El segundo, en tanto, considera 1,91 litros por segundo, equivalente a 60.234 metros cúbicos anuales.

    Asimismo, el senador maulino Juan Enrique Castro (RN), en su última declaración de patrimonio de abril de 2019, informó la posesión de dos derechos de agua -vinculados a sociedades en las que tiene participación-, que datan de 1987, para el uso del cauce del Canal Panguilemo y el Canal Peralito en la región del Maule.

    El listado lo cierra el senador Manuel José Ossandón (RN), técnico agrícola de profesión, que en su última declaración de patrimonio -de marzo 2019- registró un derecho de agua de 1998 en el cauce del Río Maipo, en la región Metropolitana.

    “No veo vinculación”

    Con todo, Coloma se defendió de las acusaciones en torno a los derechos de su cónyugue, María Cecilia Alamos, madre del diputado UDI Juan Antonio Coloma Álamos y cuñada del diputado Ernesto Silva. “Tal como debería saber el senador Navarro, es de interés general. No tengo, en mi declaración patrimonial, absolutamente ningún derecho. Mi cónyuge dentro del patrimonio reservado, herencia de su padre, tiene una parte, junto a nueve hermanos en una parcela. No veo dónde puede estar esa vinculación”, aseguró.

    “Si el senador Navarro hubiera tenido en cuenta cualquier conflicto de interés, lo hubiera podido plantear como sale en el reglamento, en forma previa a la votación. Me parece que no es de buena fe plantearlo a posteriori cuando es un tema de carácter general, ni menos alterando la verdad”, añadió.

    De este modo, descartó un conflicto de interés en base a la Ley Orgánica del Congreso y subrayó que “la norma establece que se distinga las cosas que tengan interés general, porque si no, yo ni nadie podría votar en un tema de impuestos, o de derechos educacionales, porque todos tenemos hijos que estudian. El legislador entiende aquello en el caso de que haya un provecho, de aquellos que busquen establecer derechos ciudadanos o reales, amplios y generales”.

    “No soy dueño directo”

    En tanto, Castro admitió que en su declaración de interés y patrimonio tiene acciones en una sociedad basada en su circunscripción, aunque aclaró que no registra derechos de agua a titulo personal.

    “La verdad siento que eso no me inhabilita. No soy dueño directo, tengo acciones en esa empresa agrícola y lo otro, que se está viendo, que es un proyecto de ley constitucional, necesita dos tercios y, por lo demás, para entender lo que se trata de decir es que el agua no es un bien nacional de uso público y nosotros sí decimos que lo es. Es un tema que ni siquiera va al fondo de lo que debiera discutirse”, aseguró.

    En su opinión, ese escenario “no puede dar para restarse de una votación que puede ser importante en su momento”.

    En la misma línea, el senador Ossandón, señaló que en su caso “no hay ninguna razón para inhabilitarse, porque esto no influye en la propiedad, ni en el precio, ni en nada que tenga que ver, porque no modifica la condición actual. En Chile, el agua sí es un bien nacional de uso público, según el artículo 595 del Código Civil y el artículo quinto del Código de Aguas. Por lo tanto, esto no influye en la propiedad de ningún bien”, dijo.

    Por su parte, Alejandro García-Huidobro, consultado por BioBioChile sobre el conflicto de interés y si correspondía en su caso inhabilitarse de la polémica votación, el parlamentario comprometió una respuesta que -hasta el cierre de este artículo- no llegó.

    ¿Se puede anular la votación?

    Los conflictos de interés en el caso de los parlamentarios se regulan en al artículo 5B de la Ley Orgánica del Congreso, que precisa que “los miembros de cada una de las cámaras no podrán promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos o a sus cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellas, o las personas mencionadas, tengan en el asunto”.

    Sin embargo, en su inciso segundo señala que dicho impedimento no regirá en asuntos de índole general que interesen al gremio, profesión, industria o comercio a que pertenezcan, en elecciones o en aquellas materias que importen el ejercicio de alguna de las atribuciones exclusivas de la respectiva Cámara, en cuyo punto centran su defensa los senadores aludidos.

    No obstante, esto último no se aplicaría en el caso de la reforma constitucional de los derechos de agua, ya que la conexión de los parlamentarios apuntaría a vínculos con acciones en sociedades que poseen concesiones de agua.

    Así lo estima el mismo senador Navarro, que confirmó que recurrirá a todas las instancias legales para anular la votación del martes.

    “Más allá del resultado de la votación, se ha vulnerado el espíritu de la Ley Orgánica del Congreso, el artículo 5B que impide que los senadores puedan votar cuando hay intereses. Mi equipo jurídico está evaluando todas las acciones, como solicitar una nulidad de Derecho Público, al considerar que esa votación está viciada. Más allá del legítimo derecho de la derecha de votar a favor en este materia, hay una ilegalidad”, dijo Navarro.

    Con todo, si opta por intentar anular la votación del martes, tendrá que recurrir a un tribunal civil para revertir el rechazo.

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