Mauricio Ortega, Antonia Orellana, Priscilla Carrasco y Nabila Rifo | Edición: Constanza Escobar

Abandono judicial: cómo negligencia del SernamEG facilitó la libertad del agresor de Nabila Rifo

09 octubre 2025 | 12:02

"Se debe oír a la víctima antes de tomar una decisión. Y Nabila no fue oída". Con esas palabras la ministra Antonia Orellana reclamó la decisión de dejar a Mauricio Ortega en libertad condicional. Lo cierto, es que nadie —pese a tener la oportunidad— se opuso a que el agresor de Nabila Rifo optara a este beneficio. Ni la víctima ni el Servicio Nacional de la Mujer, organismo que tenía la responsabilidad de asesorarla. La abogada de la institución que representó a Nabila tenía su correo bloqueado y la entidad pública nunca traspasó una causa tan sensible a otro litigante.

El abandono judicial del Servicio Nacional de la Mujer (SernamEG) facilitó que el agresor de Nabila Rifo, Mauricio Ortega Ruiz, consiguiera su libertad condicional. ¿La razón? Este año destituyeron a Beatriz Ramírez Díaz, la abogada del organismo que la representó durante todo el proceso judicial y no reasignaron la causa a otra profesional. Como resultado final, nadie del servicio la asesoró y no pudo ser escuchada en la audiencia que selló la libertad de su agresor.

Según información recabada por la Unidad de Investigación de Bío Bío, los hechos se remontan a fines de septiembre recién pasado, cuando el Juzgado de Garantía de Coyhaique notificó a la jurista de la solicitud del condenado. El dilema es que hace cinco años que la letrada no puede acceder al correo institucional del SernamEG, donde llegó el aviso del tribunal.

En 2019, el organismo inició un sumario en su contra que la mantuvo suspendida hasta este año, cuando fue finalmente destituida. Eso impidió que el servicio —liderado por Priscilla Carrasco Pizarro— dependiente del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, asesorara a Nabila para oponerse a la petición de quien por poco la mata.

Poder y patrocinio

La historia entre Nabila y Beatriz comenzó el 17 de mayo de 2016. Apenas tres días después del ataque que dejó ciega a la mujer —y con Nabila aún en recuperación—, la jurista interpuso una querella por homicidio calificado frustrado. Lo hizo en representación de Noelia Ruiz Cárcamo, la madre de la víctima.

Para cuando Nabila recuperó, en parte, su salud, ella misma le concedió el poder y patrocinio total a Ramírez. A partir de ese cuatro de agosto del mismo año, la profesional se convirtió en la única abogada que la representaría hasta la sentencia de Ortega. En total, al desabollador y pintor, conocido en Coyhaique como “Chico”, le dieron 18 años de cárcel. Su condena debía terminar el 8 de mayo de 2034.

Sea como sea, la historia judicial de ambas bien podría decirse que terminó en 2019. Beatriz, en medio de un sumario, fue suspendida de sus funciones. No siguió tramitando ésta ni otras causas y le bloquearon el acceso a sus cuentas institucionales, incluido su correo electrónico.

Según una revisión de BBCL Investiga a cientos de fojas judiciales, esa casilla era la única que había registrado el SernamEG en el expediente de Nabila. Y aunque el organismo hace cinco años apartó de la causa a Beatriz, nunca traspasó el patrocinio a otra profesional.

Reo de connotación pública

Los archivos del Juzgado de Garantía de Coyhaique muestran que tras la ratificación de la sentencia de Ortega, las notificaciones siguieron llegando al mail de la suspendida abogada. Ocurrió, por ejemplo, dos veces en 2024, cuando el hijo de Nabila fue a parar a la misma cárcel que el condenado. “Chico” temía por su seguridad así que pidió su traslado de Coyhaique a Aysén.

“Se sugiere aceptar por parte de la autoridad regional el traslado del interno a otra unidad de destino, fundamentado principalmente en que es un riesgo inminente para esta unidad penal albergar este tipo de internos que tienen una situación personal que los une como el caso de Nabila Riffo (…) sobre todo considerando lo pequeña y pocas medidas de seguridad con las que cuenta esta Unidad Penal”, reza un informe técnico de gendarmería.

Para entonces, Ortega ya era considerado un reo con conducta intachable: ingresó a trabajar de forma remunerada en la cocina del penal, lo que le permitió pagar las pensiones de alimento a sus hijos, según cuentan fuentes cercanas al agresor de Nabila.

“No registra sanciones desde su inicio de reclusión desde el año 2016, no obstante a ello es un interno de connotación pública por las características de su delito y lo mediático de este”, expone el documento.

Gendarmería lo catalogó como un preso con “bajo compromiso delictual”. Aunque, de acuerdo a fuentes conocedoras de la materia, el organismo no habría dado su visto favorable para su libertad condicional. Según sospechan los mismos consultados, se debió a que presentó una “conducta refractaria”. Es decir, se habría resistido a cualquier intervención, pues nunca reconoció su participación en el ataque. Eso podría haber frustrado su primer intento para conseguir salir de la cárcel.

Correo rebotado

Para 2025, el tribunal seguía notificando a Beatriz. Fueron tres las comunicaciones que llegaron a la misma casilla bloqueada. Todas alertaban lo mismo: Ortega estaba pidiendo su libertad condicional.

El decreto de ley que regula el otorgamiento de este beneficio es claro: las víctimas tienen cinco días para manifestar su opinión respecto de la solicitud. Incluso, pueden solicitar una audiencia para ser escuchadas. Esto, bajo “fundamentos especialmente calificados”.

“Ya sea en atención a la gravedad de los hechos por los que la persona postulante fue condenada o por su calidad de reincidente”, versa la ley.

Pero, en el caso de Nabila, nada de eso pasó.

La primera notificación llegó a Beatriz el 19 de marzo, tras la primera petición de Ortega. La segunda fue para avisar el rechazo a las intenciones del agresor. Y la tercera, cayó el 24 de septiembre, tras la nueva ofensiva del condenado.

“Notifíquese personalmente o por cédula a la víctima (…) a fin de que personalmente o a través de su representante, pueda dar a conocer sus alegaciones (…) ante la Comisión de Libertad Condicional que sesionará en dependencias de la Corte de Apelaciones de Coyhaique el día 6 de octubre de 2025”, se lee en la instrucción del tribunal.

De acuerdo a fuentes de BBCL Investiga, las comunicaciones a las partes de una causa las realizan funcionarios del Centro de Notificaciones del Poder Judicial. En el caso de Nabila Rifo, fue notificada por cédula. Este último método consiste en que se dejen los archivos judiciales correspondientes en la puerta de su domicilio. En concreto, respecto de la primera solicitud, dejaron una copia de la resolución “ajustada al portón de acceso al domicilio”. La ley no contempla mayores obligaciones para las notificaciones a las personas ciegas.

“No hay traspaso”

Si bien consta en el expediente judicial que Nabila fue notificada, lo cierto es que no llegó ni ella ni el SernamEG a la audiencia celebrada este lunes. Nadie se opuso a que Ortega saliera de la cárcel, lo que pudo haber cambiado su destino judicial.

Quienes conocen de cerca el caso revelan que el organismo nunca solicitó actualizar el correo institucional que estaba asignado a la causa. Una situación que era responsabilidad justamente del servicio.

“Eso es resorte de la directora regional, pero no lo hizo”, dice uno de los consultados.

Desde el organismo reconocen que no asesaron a la víctima desde que fue notificada. “No tomamos conocimiento de la solicitud presentada por el condenado de acceder al beneficio penitenciario y, por tanto, no pudimos ejercer los derechos que le correspondían”, aseguran.

En causas cerradas, terminadas, no hay un traspaso. Fuimos querellantes hasta el último proceso, incluso recurrimos a la nulidad por el cambio de tipificación de femicidio frustrado a lesiones graves gravísimas. Terminado ese proceso, lo que viene es el cumplimiento penitenciario de la misma, y en ese marco, el condenado pidió el derecho de los beneficios carcelarios”, se defienden desde el SernamEG.

La comisión que otorgó la libertad condicional a Ortega estuvo encabezada por la ministra de la Corte de Apelaciones, Natalia Rencoret, e integrada por los magistrados Pablo Freire y Patricio Zúñiga, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. También participaron Mario Devaud y Carlos Astudillo, magistrados del Juzgado de Garantía y Juan Patricio Silva, secretario de la comisión, como ministro de fe. Según una revisión de este medio, Freire y Devaud conocen de sobra el caso: el primero, sin ir más lejos, redactó la sentencia contra el condenado, mientras que el segundo debió dirigir audiencias en las que ordenó mantener la prisión preventiva de Ortega.

“Nabila no fue oída”

Según conoció BBCL Investiga, el organismo se enteró de la solicitud cuando ésta ya había sido aprobada. En efecto, en la institución aseveran que “ni la víctima ni el servicio fue debidamente notificado”. Una situación que es negada tajantemente en los pasillos de la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

Sea como sea, desde que se supo de la libertad de Ortega, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, se ha desplegado comunicacionalmente. Primero, dijo que “apelarían” a la decisión, pese a que se trata de una resolución inapelable. Luego, eso sí, aclaró que buscarían revertir la medida a través de dos recursos, uno de amparo y otro de reposición.

En círculos de abogados existe consenso en que la primera opción no parece ser la apropiada. Incluso, expertos en la materia sostienen que un recurso de amparo, en este caso, sería inadmisible. Por el contrario, la reposición, podría rendir frutos, aseguran.

“Se debe oír a la víctima antes de tomar una decisión. Y Nabila no fue oída”, reclamó este miércoles la ministra Orellana. Mauricio Ortega salió la noche del martes de prisión.

La abogada Beatriz Ramírez declinó entregar declaraciones para este reportaje. BBCL Investiga intentó contactar a Nabila, sin resultados hasta el cierre de esta edición.