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Información privilegiada: ordenan liberar e-mails por operación de exministro de Piñera en Colo Colo

Información privilegiada: ordenan liberar e-mails por operación de exministro de Piñera en Colo Colo

Viernes 15 octubre de 2021 | 06:00

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Fotografía: Edición Jaime Silva (BBCL)

La fiscalía solicitó las comunicaciones entre la sociedad de Gabriel Ruiz-Tagle y la Corredora de Bolsa Larraín Vial S.A. Todo esto, en el marco de una investigación desformalizada que sigue el ente persecutor en contra del exministro de Deportes de Sebastián Piñera, actualmente en calidad de imputado, por la venta de más de 1,3 millones de acciones de Colo Colo, con supuesta información privilegiada. Los hechos fueron indagados en sede administrativa por la Comisión para el Mercado Financiero tras una autodenuncia del mismo Ruiz-Tagle, organismo que lo multó con más de 200 millones de pesos y la inhabilidad accesoria temporal por cinco años para el ejercicio de altos cargos en sociedades anónimas y otras organizaciones. De esta última sanción fue exculpado por la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo que sus abogados hoy alegan la inocencia de su representado. "Esta investigación ya está agotada", advierten. Ahora, el partido se juega en sede penal. La historia es de la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.

La corredora de bolsa Larraín Vial S.A. deberá hacer entrega de las comunicaciones entre sus ejecutivos y los apoderados de la sociedad Inversiones III, relacionadas con la venta de más de 1,3 millones de acciones de Colo Colo realizada en mayo de 2018.

Se trata de una investigación desformalizada por el presunto delito de infracción a la ley de mercado de valores, por el uso de información privilegiada, contra el exministro de Deportes del primer gobierno de Sebastián Piñera, Gabriel Ruiz-Tagle, que lidera el fiscal Centro Norte Jaime Retamal.

En una presentación ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Retamal solicitó la entrega de un CD que contenga las conversaciones entre los ejecutivos de la corredora de bolsa y la empresa propiedad de Ruiz-Tagle.

Lo propio requirió respecto de los correos intercambiados entre Felipe Barahona Undurrraga, apoderado de Inversiones III, y ejecutivos de Larraín Vial.

Lea la solicitud

Los hechos materia de la indagatoria en sede penal se remontan a noviembre de 2019 cuando la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió sancionar a la exautoridad, tras autodenunciarse.

Fue castigado con una multa de 7.500 UF -unos 220 millones de pesos a precio de hoy- por infringir el deber de abstención (vea la resolución).

En simple, lo anterior consiste en no respetar la prohibición de comprar o vender, para sí o terceros, de forma directa o indirecta, valores en la Bolsa sobre los que se tenga información privilegiada.

Originalmente, el castigo contempló el desembolso de 15 mil UF, cerca de $450 millones. Sin embargo, dada la colaboración del exsecretario de Estado en la investigación administrativa, la entidad que preside Joaquín Cortez aplicó un descuento del 50%.

La cadena de hechos, según constató la indagatoria administrativa de la CMF, se desarrolló de la siguiente manera. El 17 de abril de 2018 Ruiz-Tagle fue elegido como presidente del directorio de Blanco y Negro S.A., sociedad que administra los activos de la Corporación Social y Deportivo Colo-Colo.

Paralelamente, según constató la CMF, el empresario fungía como “propietario mayoritario” de la sociedad Inversiones III, cuyo gerente general y representante legal es Felipe Barahona Undurraga.

Este último, un hombre clave en las diligencias solicitadas el pasado 8 de octubre por el Ministerio Público, pues era quien estaba autorizado para dar “órdenes” por la empresa en Larraín Vial.

Bajo ese escenario, el 28 de mayo se desarrolló una nueva sesión ordinaria del directorio de la concesionaria, instancia en la que se aprobaron los estados financieros del club al 31 de marzo de 2018.

Dicho encuentro se extendió desde las 10:00 de la mañana hasta las 13:00 horas y contó con la presencia de Ruiz-Tagle.

En la cita se dio cuenta a los presentes que los números registrados en los primeros tres meses del año, en comparación al mismo periodo de 2017, mostraban una enorme diferencia.

Si en el primer trimestre de 2017 las ganancias se empinaron por sobre los 266 mil millones de pesos, en 2018 los dividendos alcanzaron los 15 mil millones.

Una diferencia a la baja que encendió las alarmas.

Las operaciones

Hasta ahí todo regular. Sin embargo, la CMF estableció que un día después de la reunión y con los estados financieros no informados a luz pública, Inversiones III compró más de 108 mil acciones de Colo Colo, a un precio promedio ponderado de $319,1, por un monto final de más de 34 millones de pesos.

Acto seguido, y solo horas después, vendió más de 2,6 millones de acciones del conjunto albo, a un precio promedio ponderado de $310,7, por un monto total de $818 millones. Ambas operaciones fueron realizadas a través de Banchile.

Pero eso no fue todo. Adicionalmente, también el 29 de mayo, Inversiones III vendió más de 1,3 millones de acciones de Colo-Colo a un precio promedio ponderado de $300, por un monto total de más de $410 millones. Movimiento realizado, esta vez, por la corredora de bolsa Larraín Vial S.A., hoy materia de indagatoria por el fiscal Retamal.

Todas las operaciones descritas anteriormente se realizaron antes que Blanco y Negro informara sus estados financieros al mercado, acto que realizó el 30 de mayo a las 10:18:11 horas. O sea, un día después de los movimientos realizados por Inversiones III, propiedad de Ruiz-Tagle.

Pues bien, la publicación de las cifras -concluyó la CMF- tuvo un fuerte impacto en las acciones de Colo Colo que se transan en la Bolsa.

Aquella jornada, sin ir más lejos, el precio promedio ponderado de la acción del club de Macul fue de $252, un 16% menos en comparación al precio de cierre de la jornada previa -29 de mayo- que fue de $300.

Con esos antecedentes sobre la mesa, el Consejo de la CMF, por unanimidad de sus miembros, decidió sancionar a Gabriel Ruiz-Tagle con la multa de 7.500 UF por infringir el deber de abstención.

También se le aplicó la inhabilidad temporal por cinco años para el ejercicio de cargos directivos en sociedades anónimas y bancarias fiscalizadas por la comisión, por realizar operaciones con información privilegiada.

VAR

Tras ser notificado, Gabriel Ruiz-Tagle acudió a la justicia. El 20 de diciembre de 2019 ingresó a la Corte de Apelaciones un reclamo de ilegalidad contra las sanciones de la CMF.

A juicio de los reclamantes, el proceso administrativo presentó vicios.

“(…) la Resolución Sancionatoria es manifiestamente ilegal, porque no son efectivos los hechos sobre los que se sustenta, lo que conduce a una aplicación arbitraria e incorrecta de ley”, señaló el escrito.

A renglón seguido, arguyeron que “no es efectivo que Gabriel Ruiz-Tagle haya hecho uso de información privilegiada, por el contrario, infringió, por cierto involuntariamente, y al igual que otros directores de Blanco y Negro S.A., el Deber de Abstención a que se refiere la parte final del inciso primero del artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores”.

En buenas cuentas, esto significa que cuando el accionista de una sociedad que transa valores en la bolsa conoce anticipadamente los estados financieros de la empresa, debe inhibirse de comprar o vender. Todo ello, atendida la información conocida antes que el resto del mercado.

Pasaron más de ocho meses para que el tribunal de alzada capitalino diera a conocer su fallo. En él, la Novena Sala acogió una de las reclamaciones de Ruiz-Tagle en cuanto a la sanción por cinco años de ostentar cargos directivos, por lo que dejó de lado la inhabilidad accesoria.

De todos modos, los ministros estimaron pertinente mantener el castigo de 7.500 UF impuesto por la CMF por transgredir el inciso primero del artículo 165 de Ley 18.045.

Es decir, por no respetar el periodo de bloqueo que le correspondía tras tomar conocimiento de los estados financieros del club albo.

A sede penal

Concluida la investigación administrativa, el presidente (s) de la CMF, Kevin Cowad Logan, denunció los hechos al fiscal nacional, Jorge Abbott.

Todo derivó en la investigación penal, que lidera el persecutor de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, Jaime Retamal.

En un escrito de cinco páginas, al que tuvo acceso la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, Retamal solicitó la autorización del tribunal para que Larraín Vial haga entrega de un CD con las eventuales grabaciones telefónicas entre los apoderados de Inversiones III y los ejecutivos de la Corredora de Bolsa, que guarden relación con las operaciones de Ruiz-Tagle.

Lo propio se pide respecto de los correos electrónicos intercambiados entre Felipe Barahona Undurraga, quien estaba autorizado para dar “órdenes” por la sociedad del exministro, con los representantes de Larraín Vial.

Dicha orden se da tras la negativa de la firma bursátil de hacer entrega de las comunicaciones de forma voluntaria, las que solicitó de buena fe el fiscal Retamal el pasado 3 de septiembre.

“En atención al deber de confidencialidad”, fue el argumento con el que Larraín Vial se negó a dicha petición.

Así las cosas, este 8 de octubre recién pasado, el fiscal Retamal se anotó una victoria, luego de que el juzgado accediera a los requerimientos del Ministerio Público al considerar que dichos elementos son “relevantes” para la investigación incoada.

“El tribunal considera que existe la necesidad de acceder a lo pedido, pues los datos que se requieren pueden consignar antecedentes relevantes para la investigación incoada y la Corredora requerida ya ha señalado su negativa a entregar voluntariamente los datos pedidos”, versa la resolución firmada por el juez Daniel Urrutia Laubreaux.

Lea la resolución

“Agotada”

Requerido por este medio, la defensa del exministro de Deportes fue clara en señalar que los antecedentes solicitados constan en el expediente de la CMF y también carpeta del fiscal Retamal. Además, hicieron hincapié en que el caso nace luego de la autodenuncia de su representado.

“En base a estos mismos antecedentes fue que la Corte de Apelaciones lo multa por su infracción al deber de abstención, pero lo exculpa de haber cometido el delito de uso de información privilegiada– resolución que por lo demás no fue impugnada por el supervisor financiero-”, señala Martín Hess Arteaga, del estudio Jurídico Gana & Galvez Abogados.

Asimismo, el profesional agrega que “nosotros sostenemos y le hemos hecho saber al Fiscal Retamal, que esta investigación ya está agotada, y que se hace imposible prever que se llegue a un resultado distinto de aquel que ya fue fallado por el Tribunal de alzada”.

Por su parte, desde Larraín Vial S.A. sostuvieron que “como compañía debemos mantener la reserva respecto de las comunicaciones de nuestros clientes, por lo que no podemos entregarla de forma voluntaria”.

Debido a lo anterior, agregaron, “le pedimos a la fiscalía que hiciera la solicitud al tribunal. Ahora el tribunal ha accedido, por lo que procederemos a revisar si existen dichas comunicaciones y si es así, las pondremos a disposición de la fiscalía”.

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