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Error judicial: rechazan extraditar a chileno condenado por asesinar a policía argentino en Neuquén

Lunes 30 enero de 2023 | 19:29

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Cedida a Radio Bío Bío | Foto: Héctor Ruiz Herrera | Créditos: diario La Mañana de Neuquén (LM Neuquén).

El ministro de la Corte Suprema, Arturo Prado, rechazó la solicitud de extradición de un chileno condenado en Argentina por asesinar a un policía en la Provincia de Neuquén. Un mal cómputo de pena le permitió a Héctor Ruiz Herrera ser “extrañado” al país, es decir, fue expulsado de territorio argentino al tener la mitad de su pena cumplida. Pero no era así. Fue un error. Uno de los argumentos esgrimidos por el ministro Prado fue que, de acuerdo al ordenamiento jurídico argentino, el extrañamiento da por cumplida la pena de quien accede al beneficio. El Ministerio Público apeló. Mientras, al otro lado de la cordillera la familia del policía pide justicia.

Hay errores en la justicia que traspasan fronteras. Ejemplo de esto es el caso del chileno Héctor Hernán Ruiz Herrera, condenado a cadena perpetua en Argentina por el asesinato del policía Víctor Fabián Garro, en la localidad de Añelo, provincia de Neuquén, en octubre de 2014. Una cadena de negligencias lo dejó en libertad y hoy la justicia neuquina busca enmendar sus desprolijidades.

Y es que en septiembre de 2022 ingresó a la Corte Suprema una solicitud de extradición por Ruiz Herrera, quien meses antes accedió al beneficio del “extrañamiento”. En simple, esto significa que fue expulsado de territorio argentino al tener la mitad de su pena cumplida. Pero esto no era así. Un mal cómputo le permitió legalmente librar de la cárcel.

Ruiz Herrera entró caminando a Chile. Lo hizo en abril de 2022 por el paso Pino Hachado, en la región de La Araucanía. Y no saldrá por el momento de territorio nacional. Esto porque el ministro instructor de la Corte Suprema, Arturo Prado, quien tramitó la causa, rechazó el pasado 24 de enero la solicitud de extradición del Estado argentino.

Durante la tramitación del proceso, que se extendió por más de 4 meses, se develó cómo la justicia trasandina cometió una serie de errores administrativos que terminaron con Ruiz Herrera en el país. El punto de partida fue la pandemia. Con motivo del Covid-19 las autoridades resolvieron sacar personas de las cárceles para evitar posibles focos de infección.

Fue así como se solicitó al Ministerio Público de Neuquén el cómputo de pena de Héctor Hernán Ruiz Herrera, quien respondió que el chileno sí cumplía con el requisito para abandonar la Unidad de Detención Nº 11, también conocida como “U 11”, emplazada en el Parque Industrial de la ciudad. Con esa primera información, el Tribunal de Cumplimiento de Penas de Neuquén resolvió que al tratarse de un extranjero se podía acoger al extrañamiento.

El fallo

En el fallo del ministro Prado, analizado por la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, se hace mención a las audiencias que se desarrollaron en el marco del proceso de extradición y que entregan detalles inéditos de cómo se llegó a este punto. Se abrieron sumarios y se buscan responsabilidades administrativas al otro lado de la cordillera.

Ruiz Herrera fue condenado por tres delitos a la pena de presidio perpetuo, equivalente a 25 años, y solo cumplió 6 tras las rejas. Por ende, las posibilidades de cumplir con el extrañamiento eran prácticamente nulas. Recién a los 12 años y medio podría haberse acogido a dicho beneficio. Lo particular de este caso es que el chileno cumplió con todo el proceso y nadie advirtió el error, el que fue revelado por el diario La Mañana de Neuquén.

El fallo recoge que la Defensoría Penal Pública (DPP), quien representó a Ruiz Herrera, señaló que “no se puede otorgar la extradición respecto de un hecho sobre cual ya existe pronunciamiento judicial”. Asimismo, la DPP alegó que es llamativo que “este error se haya advertido pasado más de un año y dos meses desde que se materializó”.

El ministro Prado argumentó que la Convención sobre Extradición de Montevideo, invocada en este proceso, señala diversas causales para rechazar una solicitud de otro Estado, siendo una de ellas “el haber cumplido condena en el país del delito el requerido por los hechos imputados”. Asimismo, detalló que Ruiz Herrera llegó al país el pasado 25 de junio de 2021, materializando “una orden de expulsión del territorio por parte de la República de Argentina de 30 de abril de 2020” (vea fallo).

Agrega que “dicha resolución de extrañamiento fue dictada de conformidad al procedimiento regularmente tramitado y dispuesto por la legislación trasandina para efectuar la expulsión de extranjeros del territorio nacional, aunque el requerido, Sr. Ruiz Herrer, no había alcanzado el tiempo mínimo de cumplimiento de condena para que se autorizada su extrañamiento, la resolución no fue recurrida”. Es decir, nadie reclamó.

En el considerando décimo primero, el ministro instructor consignó que “lo que corresponde es analizar si el extrañamiento que se dispuso y ejecutó respecto del reclamado permite tener por cumplida la pena que le hubiera sido impuesta en Argentina con la sentencia dictada conforme a derecho el 24 de julio de 2015”.

Para realizar dicho diagnóstico se tomó de la Ley de Migraciones argentina, la que señala que “la ejecución del extrañamiento dará por cumplida la pena impuesta originalmente por el tribunal competente”. Asimismo, en una resolución de inicios de año donde la jueza Raquel Gass, de Ejecución Penal de la I Circunscripción Judicial del Poder Judicial de la Provincia de Neuquén, aclaró -bajo sus términos- que “al expulsarlo recupere su libertad en el país de origen puesto que se le tiene por cumplida la pena”, señala el fallo.

Pese al “error” que hacen presente las autoridades argentinas, el ministro refuta que “la aludida resolución fue dictada ciñéndose al procedimiento regular dispuesto para ello por la legislación trasandina, oportunamente comunicada a los involucrados, sin haber sido impugnada mediante los mecanismos dispuestos para ello”.

De la misma forma, reconoce que la pandemia provocó una “alteración grave en el funcionamiento normal de los sistemas de justicia, ello no puede significar pasar por alto los procedimientos que el legislador ha dispuesto en un Estado democrático de derecho, como tampoco restar la fuerza a las resoluciones judiciales y/o administrativas y la fuerza de cosa juzgada que de ellas emana cuando no han sido oportunamente impugnadas”.

Caso Garro

Tras el rechazo del ministro instructor a la solicitud de extradición, el Ministerio Público apeló. En el escrito, que tuvo a la vista este medio, se transparenta el error de la justicia argentina. “Al revisar los antecedentes de Héctor Ruiz Herrera, las funcionarios competentes de la fiscalía y de los tribunales argentinos no se percataron que éste no cumplía con los requisitos, por lo que derivó en que la Jueza de Instrucción Penal de la I Circunscripción Judicial de la Provincia de Neuquén dispusiera entonces el extrañamiento de esta persona” (vea documento).

Asimismo, agrega que “con posterioridad, las autoridades argentinas se dieron cuenta que habían cometido un serio error de naturaleza judicial y administrativo, por cuanto el Sr. Ruiz Herrera no cumplía con los requisitos de la política pública antes indicada y no debía habérsele aplicado el extrañamiento. Esto motivó el inicio de procedimientos disciplinarios en contra de los funcionarios involucrados, tanto en la Fiscalía como en el Poder Judicial argentinos”.

El Ministerio Público retruca que el ministro Prado rechazó la extradición “por cuanto Héctor Ruiz Herrera tendría la pena cumplida en Argentina, haciendo un análisis e interpretación de los actos judiciales y administrativos emitidos por sus autoridades y un análisis de la legislación en la materia de ese país”. No obstante, “son las propias autoridades argentinas (…) quienes sostienen que la condena que le fuera aplicada a Héctor Ruiz Herrera sigue estando vigente y que debe seguir siendo cumplida en un recinto penitenciario argentino”.

El caso del policía Víctor Fabián Garro se mantendrá en suspenso hasta que la máxima autoridad judicial se pronuncie respecto a la apelación del Ministerio Público. Mientras tanto, la familia del policía busca que se enmiende el error. “¿De la justicia qué puedo decir si se nos burló en la cara? Esto es impunidad. A nosotros nos genera mucha impotencia porque no podemos hacer nada de nada”, dijo Victoria Garro este domingo al medio La Mañana de Neuquén, el mismo que destapó el caso.

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