Que “corrió con colores propios”, que “se excedió en sus atribuciones”, que “actuó contra toda razón” o que, derechamente, cometió un delito y debe responder penal y civilmente por ello. Esas son parte del reguero de imputaciones que pesan sobre el ex fiscal de Talcahuano, Guillermo Mauricio Richards Hormazábal. El otrora persecutor es actualmente investigado junto a la jueza Humilde Silva Gaete por beneficiar —punitiva y monetariamente— a los principales miembros de una organización dedicada al contrabando de cigarrillos a gran escala.
Al primero se le acusa de “cercenar” delitos que pesaban sobre la banda en medio de la audiencia de preparación de juicio oral. A la segunda, por aprobar el acuerdo que permitió zafar a los inculpados de terminar tras las rejas. La acción terminó impidiendo al fisco —por ahora— el comiso de más de $2.500 millones incautados durante los allanamientos.
Hoy, después de sendas derrotas del Ministerio Público por la vía penal en su intento de remendar el error, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) salió en ayuda para rescatar los fondos. Allí el órgano colegiado ya se anotó una primera victoria al conseguir frenar —mediante una medida prejudicial precautoria— la devolución de los dineros que había sido ordenada por un juez de garantía del tribunal donde se tramita la causa.
Fajos y váuchers
De acuerdo con antecedentes a los que accedió la Unidad de Investigación de Bío Bío, fue el 28 de mayo de 2024 cuando la carrera de Guillermo Mauricio Richards Hormazábal entró en desgracia. El entonces fiscal adjunto de Talcahuano, antes fiscal regional del Maule, y quien a esa altura ya sumaba más de dos décadas en la institución persecutora, ejecutó ese día una maniobra que —según se establecería luego— no respetó ningún protocolo interno.
Su acción, coordinada previamente con algunas de las defensas y la abogada del Servicio Nacional de Aduanas, permitió a la mayoría de los imputados zafar del juicio oral. Todo en el marco de un proceso judicial iniciado en contra de un clan familiar que operó por años en el Gran Concepción al alero del contrabando y comercio ilegal de cigarros.
Cuando la banda cayó en agosto de 2020, la policía encontró casi $180 millones en efectivo en uno de los domicilios allanados, perteneciente al proveedor de la mercancía: Claudio Vivanco Acuña, alias “El Lampa”. A la usanza de narcos o políticos corruptos, los fajos estaban ocultos en la pared: en un compartimiento especial al interior de un closet, justo por detrás de un televisor que impedía notarlos a simple vista. Otros $750 millones que tenía en el banco le fueron congelados.
En base a esos antecedentes y a varias horas de escuchas telefónicas, sumado a que se trataba de una investigación que se extendió en total por cerca de 5 años, el fiscal jefe de Talcahuano en esa época, Julián Muñoz Riveros, presentó en septiembre de 2022 una acusación en la que incluyó a 12 implicados. En total, las penas sumaban más de 100 años de cárcel.
Salvo a uno, en el escrito se les apuntaba a todos como autores materiales de cuatro delitos: asociación ilícita, receptación aduanera, comercio clandestino y lavado de activos.
El plumazo
Un año y medio más tarde, el caso cayó nuevamente en manos del mentado fiscal Richards. Él fue el encargado participar de la audiencia de preparación del juicio oral que se había postergado por más de un año y medio. Según cuentan quienes conocieron de cerca el caso al interior del Ministerio Público, estaba todo listo para enjuiciar a la banda que había amasado una fortuna con la venta de cigarros en ferias libres. Pero, con su intervención, Richards no sólo evitó que la mayoría de los implicados fuera a juicio oral, sino que también impidió que más de $2.500 millones —obtenidos ilícitamente según la indagatoria— terminaran siendo parte de las arcas fiscales a través del comiso.
Y es que, precisamente, ese último era uno de los efectos jurídicos que se pretendían en este caso. Es decir, golpear a la organización donde más les duele: en el bolsillo. No obstante, como Richards eliminó los delitos de “comercio clandestino”, “asociación criminal” y “lavado de activos”, echó por tierra esa posibilidad. Para ello, modificó también a discreción los hechos de la causa. Así, dejó únicamente el delito de receptación aduanera con base de contrabando, un ilícito menor que les permitió zafar de la cárcel y de pagar los $2.500 millones.
Todo quedó zanjado en los 103 minutos que duró la audiencia dirigida por la magistrado Humilde Silva Gaete, quien autorizó las salidas alternativas. Todo, además, con el consentimiento de la abogada del Servicio Nacional de Aduanas, institución que figuraba en calidad de víctima en este proceso.
El resumen va así: considerando la irreprochable conducta anterior, a cuatro mujeres acusadas se les benefició con la suspensión condicional del procedimiento por un año. A otros cuatro implicados, incluido Claudio Vivanco Acuña también se les permitió optar a una salida alternativa. En este caso, a cambio de un acuerdo reparatorio que consistía en pagos de entre 1 y 5 millones de pesos a la cuenta corriente de la Dirección Regional de Aduanas Talcahuano.
El Lampa
La salvada a Vivanco es justamente es una de las que más levanta suspicacias al interior del ente persecutor. Su participación no era menor: El Lampa, de hecho, fue uno los principales proveedores de cigarros de contrabando para la red familiar que operaba en el Bío Bío. Y se trata del mismo al que le hallaron $180 millones en efectivo entre las paredes de su domicilio. Los otros $750 millones que tenía en su poder quedaron al descubierto por un comprobante del BancoEstado, detectado en un segundo allanamiento al domicilio que Vivanco tenía en la comuna de Independencia.
En efecto, el hombre había depositado en el banco estatal, con una fecha de vencimiento de 120 días, $750 millones. El día que los pudo retirar, según se desprende de un segundo documento contable hallado al interior de un maletín, depositó $670 millones en el Banco BCI.
De acuerdo con la investigación, los $929 millones incautados entre el efectivo y los documentos bancarios correspondían a dinero obtenido ilícitamente, en buena medida a partir del comercio ilegal de cigarros.
Había más. La misma indagatoria permitió determinar que los miembros de la organización habían adquirido 18 vehículos, varios de los cuales —por su característica— pudieron haber utilizado en la logística necesaria para mover la mercancía desde la frontera en el norte hasta la capital y luego a regiones de la zona centro y sur.
En el caso de Brayan Gárate Ilufin, un de los miembros de la organización radicados en el Bío Bío, los investigadores destacaron la adquisición de cuatro inmuebles. Dos en Hualpén; uno en el acomodado sector de Lomas de San Andrés de Concepción; y un cuarto, aparentemente destinado al esparcimiento, a pocos pasos de la laguna Avendaño en Quillón, región de Ñuble.
Alerta de colega
A fines de julio de 2024, dos meses después de la infame audiencia en la que la magistrado Humilde Silva Gaete, pudiendo oponerse, aprobó las salidas alternativas propuestas por el fiscal Richards, algo no le cuadró a una segunda magistrado del Juzgado de Garantía de Talcahuano a la que le tocó conocer de la causa.
Los términos en los que se pavimentaron las salidas alternativas luego de la rebaja de la carga delictiva y la modificación de los hechos le hicieron ruido a la magistrado Antonia Godoy Medina. De ahí que la letrada resolviera oficiar con los antecedentes a la Fiscalía Regional del Bío Bío. Eso, estimando que era necesario que la máxima autoridad del Ministerio Público en la región tomara cartas en el asunto.
Y así fue.
—Me dijeron: “Fiscal, tome conocimiento de lo que ocurrió en esta audiencia”. Es así como yo me entero, con esa comunicación y el mismo día le abro una investigación al fiscal Richards. No me demoré ni una hora —cuenta hoy Marcela Cartagena, la timonel del organismo, en entrevista con la Unidad de Investigación de Bío Bío.
Intentos fallidos
Según dice, como Ministerio Público iniciaron una serie de acciones para corregir la situación. Conformó, por ejemplo, un equipo de cinco funcionarios que trabajaron con apoyo de la Unidad de Asesoría Jurídica y la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía Nacional.
—Interpusimos recursos de todo tipo y llegamos hasta la Corte Suprema para tratar de arreglarlo (…) durante todo ese tiempo estaba la posibilidad de que finalmente tuviéramos que entregar el dinero por esta mala actuación del fiscal, de la jueza y de la abogada de Aduanas —destaca la fiscal Cartagena.
¿El problema? Tanto el Juzgado de Garantía de Talcahuano como la Corte de Apelaciones de Concepción y la propia Corte Suprema le han cerrado, una y otra vez, la puerta en la cara al Ministerio Público en su intento por evitar a toda costa la devolución y descongelamiento de los dineros a Vivanco.
Sin ir más lejos, tanto el tribunal de alzada penquista como el máximo tribunal a nivel nacional han planteado, en sendos fallos, que el argumento de las alegaciones del Ministerio Público para dejar sin efecto las salidas alternativas de los ocho imputados “no pasa de ser una interpretación acomodaticia y tardía”, añadiendo que el órgano persecutor no puede “desconocer sus actos propios cuando han producido todos sus efectos procesales”.
La remoción que no fue
Después de revisar pormenorizadamente los antecedentes del sumario y apoyar la remoción del fiscal Richards, a la fiscal Cartagena no le quedan dudas. Es por eso que consultada sobre si la situación podría figurativamente considerarse como un autogol, ella es categórica.
—Yo soy bastante futbolera. La expresión de autogol no me calza, porque un autogol es algo accidental. No hay ningún jugador que le quiera hacer un gol a su propio equipo… aquí yo no tengo tan claro eso. No tengo tan clara la intencionalidad del fiscal Richards cuando lo hizo. Por eso tuve la convicción de abrir una investigación administrativa y luego tuve la convicción de abrir una investigación penal —enfatiza.
Pese a que la fiscal Cartagena apoyó la propuesta del instructor que investigó administrativamente a Richards y resolvió su remoción, finalmente eso no ocurrió. El sumariado apeló a la decisión y fue finalmente el fiscal nacional, Ángel Valencia, quien tuvo la última palabra.
Y así, en una medida que parece ir contra la corriente, considerando la mano dura que ha caracterizado su gestión, el fiscal nacional terminó rebajando la sanción a dos meses con goce de media remuneración. Esto, únicamente porque Richards presentó su renuncia voluntaria a la institución. En todo caso, eso le permitió quedar de inmediato disponible para trabajar en cualquier otro servicio público, algo que le hubiese sido imposible —al menos por cinco años— en caso que Valencia confirmara su destitución.
Respecto a si lo ocurrido podría considerarse un negociado entre Guillermo Richards y Ángel Valencia, la fiscal Cartagena lo descarta de plano.
—Yo no observo ningún “negociado” en la resolución del fiscal nacional (…) En la resolución del fiscal nacional está explicitado que él considera la renuncia como un reconocimiento, como una colaboración con la investigación (…) Si esto hubiese ocurrido de hecho y no apareciera en la resolución tal vez esa insinuación podría ser legítima, pero en este caso el fiscal nacional lo dice, no lo deja a la interpretación. Así que me parece que no —recalca.
Sobre por qué el fiscal Richards termina modificando en la audiencia de preparación de juicio oral una acusación sólida presentada originalmente por quien estaba en septiembre de 2022 como fiscal jefe de Talcahuano, la fiscal Cartagena no le encuentra una explicación.
—Él cercena delitos de la acusación. Saca delitos de la acusación y por ley eso no se puede hacer. No tenía argumentos dentro de la investigación que permitieran decir “mire, aquí no hay prueba para esto o aquí está mal llevada la investigación… entonces tratemos de salvar de alguna manera lo que hay”. La investigación que era sólida para sostener todos los delitos y él, en una decisión no anunciada a nadie, toma esta decisión y cambia la acusación —sostiene Cartagena.
Todo eso, plantea la fiscal Cartagena, lo hizo Richards no pudiendo menos que saber que impediría el comiso de la fortuna incautada a El Lampa.
Diferente criterio: Richards se defiende
En diálogo con este medio, el exfiscal Richards explica que se reunió con su superior, el fiscal jefe de Talcahuano, Enzo Osorio, para hacerle saber que un potencial juicio oral en contra de 12 acusados significaría que él se vería obligado a estar durante unos 6 meses yendo todas las mañanas al tribunal.
Eso, en el contexto de una Fiscalía Local diezmada y donde se habían acumulado docenas de causas derivadas del estallido social y la pandemia, no era muy práctico. El propio Richards, de hecho, ya tenía varias causas atrasadas.
Además, le planteó que —considerando las pruebas— había margen para que las defensas consiguieran la absolución al final del juicio oral.
Según el exfiscal, su superior jerárquico en ese momento vio con buenos ojos la posibilidad de arribar a acuerdos reparatorios y permitir salidas alternativas en este caso. Además, siempre es bien visto aumentar las sentencias condenatorias que, para efectos estadísticos, suman igual si el acusado termina o no tras las rejas.
—¿Cómo explica la modificación que usted hizo a la acusación original? ¿Por qué lo hizo?
“Tal como lo indiqué en la investigación administrativa, desde mi punto de vista es una decisión jurídica que fue adoptada en una audiencia pública en la que estaban presentes la víctima (representada por la abogada de Aduanas), los imputados y en presencia de una jueza de garantía, quien estimó que estas modificaciones se ajustaban a los antecedentes. Es una decisión que fue adoptada luego de varias reuniones con representantes del Servicio Nacional de Aduanas, con representantes de los imputados y también con conocimiento y previa conversación con el fiscal jefe de de la época, el fiscal Enzo Osorio”.
—¿Qué lo lleva a tomar esta decisión?
“Era una causa que se arrastraba desde el 2017. Prácticamente siete años después, luego de un análisis de los antecedentes probatorios con los que se contaba y tras reuniones con los intervinientes y el fiscal jefe de Talcahuano, haciéndole presente a él mi opinión jurídica respecto del caso, se tomó la decisión de hacer estas modificaciones con el objeto de tener sanciones en un procedimiento abreviado.
—¿Por qué pensó que era la mejor alternativa?
“El Código Procesal Penal permite al fiscal modificar una acusación una vez presentada, pero no delimita. No hay una regulación expresa de cuál sea el alcance. Se entiende que la modificación a la acusación tiene por objeto proponer un acuerdo a los imputados para que reconozcan los antecedentes en los que se funda la acusación y los hechos que son parte de la misma… y de esa forma se ahorre la eventualidad de un juicio y se obtenga una sentencia, en la mayoría de los casos, condenatoria”.
—Considerando que esa decisión le costó un sumario, una solicitud de remoción y finalmente una renuncia tras casi 25 años en la institución. Además, hoy está investigado penalmente y pronto se presentará una demanda civil en su contra. ¿Fue la decisión más adecuada?
“O sea, mi impresión jurídica de la investigación no ha cambiado. Considero que la acusación que fue reducida y la formalización que se efectuó fue más allá de los antecedentes probatorios con los que se contaba. En virtud del principio de objetividad, la presunción de inocencia debe ser respetada y para intentar vencerla debe ser con antecedentes contundentes y no someter a juicio, sobre todo por largos periodos de tiempo, a personas que gozan de irreprochable conducta anterior y que aparecen con aportaciones mínimas en eventuales ilícitos”.
—¿Qué hubiese hecho distinto?
“Te reitero, mi impresión jurídica, el análisis jurídico respecto a los antecedentes no ha variado y probablemente lo que se asume es que a lo mejor debería no haberme quedado únicamente con evaluar esta situación con el fiscal jefe, sino que también haber gestionado las autorizaciones formales que se requerían. Ahora bien, si me hubiesen instruido sostener un juicio en esas condiciones, probablemente hubiese presentado mi renuncia”.
—¿Debió haberlo conversado con la fiscal regional?
“(…) La jefatura de la Fiscalía de Talcahuano en ese momento estuvo de acuerdo. Me parece que lo que está regulado es, de alguna manera internamente, en ciertos casos consultar algunas decisiones ante la autoridad regional. Hay consultas que están establecidas en la ley, otras consultas están establecidas en los reglamentos y, precisamente, por eso es que se me aplicaron sanciones porque no se contó con autorizaciones que posiblemente en otro escenario hubiese sido posible obtener”.
Inquirida la Fiscalía Regional del Bío Bío, descartan que hubiese existido una consulta de Richards. Más bien se trató de un aviso. De ahí que —tras investigar esa comunicación— se descartara cualquier responsabilidad de Osorio.
—¿Recibió dinero de los imputados o sus defensores?
“Lo descarto. Estoy a disposición de los tribunales y de la fiscalía, ahí está mi teléfono y mi cuenta corriente, mi situación económica. Mi trayectoria en la institución es de más de 25 años y mis calificaciones son de excelencia. Esta es una situación puntual, es una situación jurídica que aún se está discutiendo en los tribunales y por lo tanto yo estoy super tranquilo”.
—¿Por qué renunció tras el sumario?
“Me pareció que un cuestionamiento y un reproche de esa magnitud hacía necesario que yo me alejara de la institución, independiente del planteamiento de remoción que hizo la fiscal regional. Luego de analizarlo, le hice presente mi renuncia al fiscal nacional”.
—¿Se reunió usted con Valencia? ¿Negoció su salida?
“No tuve la oportunidad de conversarlo directamente con él, porque entiendo que no recibe a fiscales cuando hay situaciones de investigación administrativa de por medio. Tampoco he conversado del tema con la fiscal regional”.
—¿Conocía usted personalmente a los imputados o sus defensores?
“No, no, no. O sea, a a quien uno más ubica es a los defensores penales públicos porque tiene tiene interacción permanente con ellos, pero yo comencé a trabajar y me trasladé a la ciudad de Concepción el año 2019 y no tengo mayores vínculos, ni familiares con personas acá en la ciudad de Concepción”.
—¿Estaba consciente de que la modificación a la acusación impediría el comiso de los $2.500 millones?
“Lo que ocurre es que para que esas sumas de dinero hubiesen caído en comiso y el fisco hubiese tenido derecho a las mismas, previamente era necesario obtener sentencias condenatorias por delitos de contrabando, asociación ilícita y de lavado de activos. Y como lo dije anteriormente, el análisis jurídico que se hizo, que fue compartido por el fiscal jefe de la Fiscalía de Talcahuano, era que la data de la investigación, del 2017, y las situaciones que eran cuestionadas de supuestas irregularidades durante los procedimientos de incautación difícilmente hubiesen permitido obtener sentencias condenatorias. Entonces, mi impresión es que en este momento el juicio para el fisco pareciera ser que era una eventualidad, una situación hipotética, una mera expectativa, y ahí discrepamos jurídicamente, como le digo, con mis superiores jerárquicos, con la visión que se tuvo al momento y, pareciera ser también, con el tribunal que estuvo de acuerdo en proceder de la forma en que se procedió”.
Sumario en Aduanas
Consultado el Servicio Nacional de Aduanas por la actuación de una de sus abogadas en la acusa, quien tuvo en su manos la posibilidad de oponerse a las salidas alternativas, desde el organismo informaron que se están recopilando antecedentes para tomar acciones.
“El Servicio Nacional de Aduanas está haciendo las indagaciones y tomando las medidas correspondientes. Asimismo, estamos haciendo una revisión del actuar del Servicio en esta causa en particular. En este contexto, la Subdirectora Jurídica del Servicio, María Jazmín Rodríguez se reunió con la Directora Regional de la Aduana de Talcahuano, Katherine Ampuero, justamente para analizar la correcta aplicación de las normas de carácter aduanero involucradas en el proceso penal”, destacan.
No obstante el organismo no lo explicita, fuentes de BBCL Investiga que conocen de cerca la interna sostienen que la abogada de Aduanas que tenía a su cargo este caso, Loreto Espinoza Sánchez, está siendo actualmente objeto de un sumario administrativo que podría traducirse en su remoción después de 10 años en el servicio.
Además, los mismos consultados advierten que la explicación que da la profesional sobre su actuación “evidencia un cierto desconocimiento de las normas que tenía que aplicar en este caso”.
Como sea, sólo hace algunos días la abogada fue separada completamente de este causa que todavía sigue abierta, al menos para los cuatro imputados que en su momento no abrazaron la salida alternativa propuesta por Richards. De hecho, para el 17 de diciembre está programada una nueva audiencia de preparación de juicio oral. La propia fiscal Cartagena ya adelantó que buscarán ir a juicio oral con todos ellos y por todos los delitos que originalmente pesaban en la acusación.
“Fiscalía es quien dirige”
Desde el Poder Judicial, en tanto, al ser consultados por las opciones que tenía jueza Humilde Silva Gaete para evitar todo este entuerto, explicaron que “en general, el juez en estos casos opera como garante del proceso cuando se arriba a algún procedimiento abreviado o acuerdo donde todas las partes están de acuerdo. En este tipo de casos, el juez procede a dictar sentencia con los antecedentes presentados en esa instancia, previo reconocimiento del o los imputados de su culpabilidad y ajustado a lo que le permite la ley, tomando como referencia los términos planteados por fiscalía y lo que establece la ley para los delitos”.
Sobre cómo se justifica la actuación de la magistrada, remarcaron que “en el proceso judicial la fiscalía es quien dirige la investigación y toma decisiones respecto a los delitos por los que se formalizados, solicita las medidas cautelares que le parecen pertinentes, acusa o sobresee, entre otros. En todos estos procesos el tribunal (y el juez que toma la audiencia en ese caso) se preocupa que las actuaciones se ajusten a derecho. No es función del juez presentar acusación o hacerle cambios. La normativa permite que se hagan ajustes hasta que el auto de apertura es enviado al Tribunal de Juicio Oral”.
Respecto a si se inició algún proceso de recopilación de antecedentes o investigativo en contra de la letrada, indicaron que “el mecanismo de control de las actuaciones judiciales son los recursos de apelaciones. Las partes presentaron recursos, los que fueron resueltos por la Corte. Cabe mencionar que después de la audiencia en la que se llegó al acuerdo reparatorio por el que se consulta, ninguno de los intervinientes recurrió de nulidad y el tema se vio porque el Servicio de Impuestos Internos promovió incidente por falta de emplazamiento, lo que fue resuelto por la Corte Suprema, que revocó la sentencia apelada del 22 de noviembre de 2024. Luego, el fiscal adjunto de Talcahuano recurrió de hecho contra una decisión adoptada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano el 3 de enero de 2025, petición que fue acogida”.
Como sea, ahora tocará esperar qué resolverá la justicia civil respecto de los fondos una vez el CDE concrete la presentación de la demanda en contra del fiscal Richards y compañía, mientras en paralelo los abogados de Vivanco buscan en la Corte de Apelaciones de Concepción —vía recurso de protección— que se materialice la devolución del dinero en efectivo el y descongelamiento de las cuentas bancarias de su cliente, tal como ordenó el propio Juzgado de Garantía de Talcahuano el 9 de septiembre.