Ángela Vivanco: "Los jueces no están para caer bien a la gente ni la Corte Suprema para ser popular"

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Como una “intromisión indebida” fue calificada -por miembros de la Comisión de Justicia de la Convención- la declaración de la Corte Suprema, en la cual manifestaron preocupación por el límite en la duración de los cargos de magistrados.

Todo esto luego que se manifestara -por medio de un comunicado- escrito por el máximo tribunal, que hay alerta respecto a una iniciativa que busca limitar la duración de los jueces tanto de la Corte Suprema como también de la Corte de Apelaciones y de primera instancia.

Para hablar sobre este tema, hablamos con la ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco.

Corte Suprema y Convención Constitucional

“La Corte Suprema estimó dentro del pleno que era bueno tener una comisión encargada de esta materia por la rapidez que se están dando las cosas, por la cantidad de proyectos y la multiplicidad de ideas que hay en ello. La comisión está compuesta por 4 ministros que estudiamos y damos cuenta al pleno y una actividad propositiva de todo aquello que corresponde al poder judicial dentro de la Convención”.

“La administración de justicia es un lado de la moneda, los jueces, y el otro lado de la moneda es la gente que acude a la administración de justicia. Cuando el poder judicial da una opinión en materias como esta no es una defensa corporativa, si no que es una defensa del sistema de justicia para que sea lo más equilibrado posible y para que se respeten principios que para nosotros son relevantes como la independencia y la inamovilidad judicial”.

“El concepto mismo de concurso va a implicar siempre elemenos objetivos y subjetivos. Evidentemente que van a ponderar si el juez tuvo un número de fallos x, si cumplió el tiempo y la conducta. Hay algunos jueces de la instancia que de por sí son controversiales”.

El sistema judicial

“Se puede redefinir el sistema judicial, de hecho, se está haciendo. Eso es un cambio radical, el punto está en que hay elementos que la Convención que tiene que tener a la vista como elementos bases de su gestión que es el respeto por el estado democrático de derecho y el respeto por los tratados internacionales”.

“La inamovilidad judicial no tiene que ver con nuevas o antiguas justicias, si no que con garantías del administrado y en consecuencia convertir a los jueces en candidatos genera una controversia”.

“Creo yo que cuando se habla sobre justicia para ricos y para pobres tiene que ver con el acceso a la justicia y las posibilidades de defensa que las personas sin recursos tienen. En ese sentido estamos en deuda en nuestro país. Hay muchas personas que están bajo en la línea de flotación de los derechos, tienen los derechos en teoría pero no los pueden ejercer”.

“La falta de recursos incide en las posibilidades de acceso a la justicia y nosotros tenemos que hacer como estado una corrección muy importante de ese punto de vista, pero eso no significa que los jueces estén al servicio de las personas de plata o que la justicia esté corrompida porque esté sirviendo a las personas poderosas. La justicia está muy comprometida en servir al estado de derecho pero evidentemente tiene que operar con las condiciones que hay y las leyes que existen que a veces son insuficientes”.

“No hemos recibido un rechazo de la Convención, hemos recibido criticas de algunos convencionales miembros de la comisión. Valoramos lo que dijo uno de los vicepresidentes de que la opinión nuestra es bien recibida y aceptada. Aquellos que critican esta intervención, en su pleno derecho están”.

“Los jueces nos están para caerles bien a la gente o hacer campaña, la Corte Suprema tampoco está para ser popular, cumple un cometido ejecutivo y ético”.

Los derechos en la Constitución

“Los derechos de las personas no están creados por las constituciones, son previos y superiores a cualquier Constitución. No son materia de cuestionamiento, la tarea del proceso constituyente es fortalecerlos y no debilitarlos”.

“La creación de este consejo se encarga de los nombramientos y el control de malos comportamientos, la posibilidad de aplicar sanciones, etc. Ese es el papel que ese consejo pasa a tener, entonces se le distingue y separa de los tribunales”.

“El juez tiene una dimensión en que puede crear, la dimensión del fallo que está supeditada a una normativa legal y constitucional, los jueces deben aplicar el derecho. El proceso constitucional es una buena oportunidad para plantearse este tipo de problemas a niveles de garantías, procedimientos, revisión de desequilibrios. El derecho tiene que ir a ajustándose, eso permite que los jueces puedan cumplir mejor su misión”.

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Como una “intromisión indebida” fue calificada -por miembros de la Comisión de Justicia de la Convención- la declaración de la Corte Suprema, en la cual manifestaron preocupación por el límite en la duración de los cargos de magistrados.

Todo esto luego que se manifestara -por medio de un comunicado- escrito por el máximo tribunal, que hay alerta respecto a una iniciativa que busca limitar la duración de los jueces tanto de la Corte Suprema como también de la Corte de Apelaciones y de primera instancia.

Para hablar sobre este tema, hablamos con la ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco.

Corte Suprema y Convención Constitucional

“La Corte Suprema estimó dentro del pleno que era bueno tener una comisión encargada de esta materia por la rapidez que se están dando las cosas, por la cantidad de proyectos y la multiplicidad de ideas que hay en ello. La comisión está compuesta por 4 ministros que estudiamos y damos cuenta al pleno y una actividad propositiva de todo aquello que corresponde al poder judicial dentro de la Convención”.

“La administración de justicia es un lado de la moneda, los jueces, y el otro lado de la moneda es la gente que acude a la administración de justicia. Cuando el poder judicial da una opinión en materias como esta no es una defensa corporativa, si no que es una defensa del sistema de justicia para que sea lo más equilibrado posible y para que se respeten principios que para nosotros son relevantes como la independencia y la inamovilidad judicial”.

“El concepto mismo de concurso va a implicar siempre elemenos objetivos y subjetivos. Evidentemente que van a ponderar si el juez tuvo un número de fallos x, si cumplió el tiempo y la conducta. Hay algunos jueces de la instancia que de por sí son controversiales”.

El sistema judicial

“Se puede redefinir el sistema judicial, de hecho, se está haciendo. Eso es un cambio radical, el punto está en que hay elementos que la Convención que tiene que tener a la vista como elementos bases de su gestión que es el respeto por el estado democrático de derecho y el respeto por los tratados internacionales”.

“La inamovilidad judicial no tiene que ver con nuevas o antiguas justicias, si no que con garantías del administrado y en consecuencia convertir a los jueces en candidatos genera una controversia”.

“Creo yo que cuando se habla sobre justicia para ricos y para pobres tiene que ver con el acceso a la justicia y las posibilidades de defensa que las personas sin recursos tienen. En ese sentido estamos en deuda en nuestro país. Hay muchas personas que están bajo en la línea de flotación de los derechos, tienen los derechos en teoría pero no los pueden ejercer”.

“La falta de recursos incide en las posibilidades de acceso a la justicia y nosotros tenemos que hacer como estado una corrección muy importante de ese punto de vista, pero eso no significa que los jueces estén al servicio de las personas de plata o que la justicia esté corrompida porque esté sirviendo a las personas poderosas. La justicia está muy comprometida en servir al estado de derecho pero evidentemente tiene que operar con las condiciones que hay y las leyes que existen que a veces son insuficientes”.

“No hemos recibido un rechazo de la Convención, hemos recibido criticas de algunos convencionales miembros de la comisión. Valoramos lo que dijo uno de los vicepresidentes de que la opinión nuestra es bien recibida y aceptada. Aquellos que critican esta intervención, en su pleno derecho están”.

“Los jueces nos están para caerles bien a la gente o hacer campaña, la Corte Suprema tampoco está para ser popular, cumple un cometido ejecutivo y ético”.

Los derechos en la Constitución

“Los derechos de las personas no están creados por las constituciones, son previos y superiores a cualquier Constitución. No son materia de cuestionamiento, la tarea del proceso constituyente es fortalecerlos y no debilitarlos”.

“La creación de este consejo se encarga de los nombramientos y el control de malos comportamientos, la posibilidad de aplicar sanciones, etc. Ese es el papel que ese consejo pasa a tener, entonces se le distingue y separa de los tribunales”.

“El juez tiene una dimensión en que puede crear, la dimensión del fallo que está supeditada a una normativa legal y constitucional, los jueces deben aplicar el derecho. El proceso constitucional es una buena oportunidad para plantearse este tipo de problemas a niveles de garantías, procedimientos, revisión de desequilibrios. El derecho tiene que ir a ajustándose, eso permite que los jueces puedan cumplir mejor su misión”.