Comenzó fiscalización por ley de vidrios polarizados: "Está prohibido intervenir los parabrisas"

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Durante esta jornada comenzó a regir la normativa del Ministerio de Transportes que establece el factor de transmisión regular de la luz (FTRL) en los cristales de los vehículos, la cual ya tuvo 3 meses de prueba desde mayo.

Desde ahora los autos que estén con sus vidrios polarizados o cuenten con el parabrisa intervenido no aprobarán la revisión técnica en las plantas de inspección. De igual forma en las calles se realizará una fiscalización por parte de carabineros, inspectores fiscales y municipales.

Para profundizar más de esta ley, conversamos con el Jefe del Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes, Óscar Carrasco. “La norma se refiere a los factores mínimos de transmisión regular de la luz”.

Polarizados de fábrica

Una de las dudas más recurrentes en los conductores es respecto a los automóviles que ya vienen polarizados, Carrasco indica que: “No tiene que ver esos vehículos, tiene que ver con incorporación de algún elemento nuevo que no cumpla con la norma. La ley es explícita que el parabrisa no se puede intervenir”.

“El vehículo que viene polarizado de fábrica está exento de esta norma”, subrayó.

Parámetros de luminosidad

El jefe fiscalizador hace una diferencia entre los vehículos livianos y los de transporte (taxis y furgones escolares), a los cuales rige esta normativa. “Respecto a lo que van a medir en la planta de revisión técnica a los vehículos livianos, la norma establece para los vidrios delanteros un factor de luminosidad de 70% y en el caso del vidrio trasero y la luneta 28%”.

“La segunda categoría tiene que ver con los taxis y los vehículos de transporte escolar. Se habla de un 70% en los laterales, 50% en el trasero y 70% en la luneta trasera del vehículo”, afirmó.

Respecto a la inclusión de los camiones en la normativa, Oscar Carrasco indica que: “Se refiere a vehículos menores y medianos hasta 3.800 kilos”.

Seguridad vial

Esta ley apunta a mejorar las condiciones viales desde el punto de vista en que el conductor debe tener una buena visión estando al volante. Mismo caso para los entes fiscalizadores. “Aborda en cierta parte los temas de seguridad pública por que se va a tener una mejor observación del interior del vehículo”

“Un vehículo que tiene su parabrisa intervenido es un riesgo”, destacó.

Para cerrar, Carrasco enfatiza que la inspección del cumplimiento de esta normativa se llevará a cabo tanto en las revisiones técnicas como en las principales calles del país. “El programa de fiscalización va a supervisar las plantas de revisión y el componente fiscalizador de carabineros, inspectores municipales e inspectores fiscales.

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Durante esta jornada comenzó a regir la normativa del Ministerio de Transportes que establece el factor de transmisión regular de la luz (FTRL) en los cristales de los vehículos, la cual ya tuvo 3 meses de prueba desde mayo.

Desde ahora los autos que estén con sus vidrios polarizados o cuenten con el parabrisa intervenido no aprobarán la revisión técnica en las plantas de inspección. De igual forma en las calles se realizará una fiscalización por parte de carabineros, inspectores fiscales y municipales.

Para profundizar más de esta ley, conversamos con el Jefe del Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes, Óscar Carrasco. “La norma se refiere a los factores mínimos de transmisión regular de la luz”.

Polarizados de fábrica

Una de las dudas más recurrentes en los conductores es respecto a los automóviles que ya vienen polarizados, Carrasco indica que: “No tiene que ver esos vehículos, tiene que ver con incorporación de algún elemento nuevo que no cumpla con la norma. La ley es explícita que el parabrisa no se puede intervenir”.

“El vehículo que viene polarizado de fábrica está exento de esta norma”, subrayó.

Parámetros de luminosidad

El jefe fiscalizador hace una diferencia entre los vehículos livianos y los de transporte (taxis y furgones escolares), a los cuales rige esta normativa. “Respecto a lo que van a medir en la planta de revisión técnica a los vehículos livianos, la norma establece para los vidrios delanteros un factor de luminosidad de 70% y en el caso del vidrio trasero y la luneta 28%”.

“La segunda categoría tiene que ver con los taxis y los vehículos de transporte escolar. Se habla de un 70% en los laterales, 50% en el trasero y 70% en la luneta trasera del vehículo”, afirmó.

Respecto a la inclusión de los camiones en la normativa, Oscar Carrasco indica que: “Se refiere a vehículos menores y medianos hasta 3.800 kilos”.

Seguridad vial

Esta ley apunta a mejorar las condiciones viales desde el punto de vista en que el conductor debe tener una buena visión estando al volante. Mismo caso para los entes fiscalizadores. “Aborda en cierta parte los temas de seguridad pública por que se va a tener una mejor observación del interior del vehículo”

“Un vehículo que tiene su parabrisa intervenido es un riesgo”, destacó.

Para cerrar, Carrasco enfatiza que la inspección del cumplimiento de esta normativa se llevará a cabo tanto en las revisiones técnicas como en las principales calles del país. “El programa de fiscalización va a supervisar las plantas de revisión y el componente fiscalizador de carabineros, inspectores municipales e inspectores fiscales.