TPP11: Por qué no invocar la consulta indígena ante el Tribunal Constitucional

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“La consulta indígena es un derecho reconocido por los tratados internacionales, para obligar al Estado a dialogar con los pueblos originarios antes de la dictación de una ley o previo a cualquier medida que se dicte y que les afecten directamente. La idea es que las leyes y normas se dicten por las autoridades luego de un proceso de diálogo “adecuado a las circunstancias”, de “buena fe”, con los pueblos y sus “autoridades representativas”, y con el objetivo de “llegar a un acuerdo”. Es lo que ordena el Convenio 169 de la OIT, que es la fuente normativa de la consulta”.

“La función de la consulta permite entonces, evitar cocinas legislativas, leyes redactadas entre cuatro paredes, decretos escritos por burócratas que no conocen a los pueblos originarios ni sus territorios. Implica reconocer poderes políticos a los pueblos originarios, permitir que ellos incidan en las normas y medidas que dicta el Estado, y que no se cometan los mismos errores y horrores del pasado, cuando se legislaba o normaba a espaldas de los pueblos, llevándonos a la extinción por vía legal”.

Revisa el Punto de Vista del Aymara Quechua y miembro de ASODEPLU, Ariel León Bacián, en Bío Bío TV.

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“La consulta indígena es un derecho reconocido por los tratados internacionales, para obligar al Estado a dialogar con los pueblos originarios antes de la dictación de una ley o previo a cualquier medida que se dicte y que les afecten directamente. La idea es que las leyes y normas se dicten por las autoridades luego de un proceso de diálogo “adecuado a las circunstancias”, de “buena fe”, con los pueblos y sus “autoridades representativas”, y con el objetivo de “llegar a un acuerdo”. Es lo que ordena el Convenio 169 de la OIT, que es la fuente normativa de la consulta”.

“La función de la consulta permite entonces, evitar cocinas legislativas, leyes redactadas entre cuatro paredes, decretos escritos por burócratas que no conocen a los pueblos originarios ni sus territorios. Implica reconocer poderes políticos a los pueblos originarios, permitir que ellos incidan en las normas y medidas que dicta el Estado, y que no se cometan los mismos errores y horrores del pasado, cuando se legislaba o normaba a espaldas de los pueblos, llevándonos a la extinción por vía legal”.

Revisa el Punto de Vista del Aymara Quechua y miembro de ASODEPLU, Ariel León Bacián, en Bío Bío TV.