Aunque las Fiestas Patrias comienzan oficialmente durante la tarde del próximo miércoles, muchos ya se preparan para iniciar los festejos desde este sábado 13 de septiembre.
En ese sentido, es altamente probable que se lleven a cabo celebraciones masivas con una cantidad importante de bebidas alcohólicas de por medio, como fondas, ramadas y fiestas costumbristas. Al respecto, es fundamental recordar qué indica la ley chilena respecto a quienes manejan y consumen alcohol, y las graves sanciones que enfrentan quienes infrinjan la normativa.
¿Cuánto alcohol debe consumir alguien para que el alcotest marque positivo?
Hay quienes podrían preguntarse si existe alguna cantidad de alcohol que sea segura de consumir antes de que el alcotest marque positivo. Sin embargo, la respuesta es clara: NO existe un consumo seguro de alcohol si vas a manejar. El alcotest puede registrar cualquier ingesta y la normativa sanciona incluso desde los 0,3 g/l. Es decir, si vas a tomar, no manejes. Así de simple.
Lo que sí puede variar es la clasificación de la falta, que sí depende de la cantidad de alcohol que tengas en la sangre. Esto es:
— Bajo la influencia del alcohol: desde 0,31 gramos por litro de sangre.
— En estado de ebriedad: desde 0,8 gramos por litro de sangre.
Recuerda que no importa si no provocaste ningún accidente, el solo hecho de ser sorprendido manejando con alcohol en la sangre mediante un alcotest es causal de multas y sanciones.
“El año pasado se registraron 1.500 siniestros viales, cientos de lesionados y 70 fallecidos”, indica Claudia Rodríguez, académica de la Universidad de los Andes. De ellos, las tres principales causas fueron velocidad imprudente, conducción distraída y conducción tras consumir alcohol.
“Como salubrista hago un llamado a construir movilidad segura, a no sumar riesgos viales y evitar todas las acciones imprudentes que aumenten el riesgo de muertes en el tránsito”, dice la especialista.
¿Cuáles son las multas por manejar con alcohol en la sangre?
Si no provocaste ningún accidente, pero fuiste sorprendido manejando tras consumir alcohol, las sanciones pueden ser: suspensión de la licencia de conducir por 2 años, en el caso de quienes manejen en estado de ebriedad, y una suspensión de 3 meses para quienes lo hagan bajo la influencia del alcohol.
Además, podría sumarse una multa de 1 a 10 UTM, dependiendo del caso.
De haber provocado lesiones, las sanciones dependerán de su gravedad y del grado de alcohol en la sangre que tuviera el victimario.
En el caso de aquellos conductores que, bajo la influencia del alcohol (0.31 – 0.79), ocasionen lesiones gravísimas o la muerte, se establece una pena privativa de libertad de 3 años y 1 día hasta 5 años. Además, el pago de una multa que va desde 21 a 30 UTM ($1.393.602 a $1.990.860).
En el caso de aquellos que conduzcan en estado de ebriedad (0.8+) o bajo la influencia de estupefacientes o sicotrópicos, se enfrentan las siguientes multas y penas:
Si el resultado son lesiones gravísimas, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 5 años. Si el resultado es la muerte, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 10 años.
En ambos casos, se procede a la inhabilidad de por vida de la licencia de conducir y el comiso del vehículo. Además, las multas van de 8 a 20 UTM ($530.896 a $1.327.240). De todas formas, aun cuando el conductor en estado de ebriedad no ha provocado daños materiales o las lesiones son leves o inexistentes, existe una multa de 2 a 10 UTM ($ 132.724 a $ 663.620) y 61 a 540 días de pena privativa de libertad.
Además de las sanciones vinculadas al grado de alcohol en la sangre, la Ley también establece castigos por ciertas conductas, como no detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad sobre el siniestro o negarse a someterse a pruebas para establecer presencia de alcohol o estupefacientes, entre otros.
A continuación puedes descargar el detalle de todas las multas y sanciones de la Ley Emilia y la Ley Tolerancia Cero.