Víctor Huenante | Agencia UNO

Viernes clave: Corte de Apelaciones revisará recurso que puede enviar a Cathy Barriga a la cárcel

Por Felipe Delgado
Con información de Miguelángel Araya.

25 enero 2024 | 12:09

La Corte de Apelaciones de Santiago decidirá este viernes si envía a Cathy Barriga a prisión preventiva o incluso si rebaja el arresto domiciliario total que actualmente cumple por la causa que se sigue en su contra por corrupción en Maipú.

Para este viernes quedó fijada la revisión del recurso presentado por la Fiscalía Oriente ante la Corte de Apelaciones de Santiago, para así revertir el arresto domiciliario total que pesa sobre la exalcaldesa Cathy Barriga y enviarla a prisión preventiva.

La exjefa comunal de Maipú, cercana a la UDI, fue formalizada la semana pasada por delitos de corrupción. Estos son fraude al fisco y falsificación y mal uso de instrumento público.

La Fiscalía Oriente, que lidera la indagatoria, solicitó prisión preventiva contra Barriga, al considerarla un peligro para la sociedad y por existir riesgo de fuga.

Pero, el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago decidió dejarla solo con arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de hablar con los otros implicados en el caso, como también los testigos.

La decisión del juez Hugo Salgado no dejó satisfecha a la Fiscalía, que el martes concretó la apelación para buscar que la exalcaldesa se vaya tras las rejas y deje de cumplir arresto en su casa de Peñaflor.

Será la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago la que verá el recurso, donde la fiscal de Alta Complejidad, Constanza Encina, realizará los alegatos para conseguir la prisión de Barriga.

Sin embargo, la defensa de Barriga también apeló, ya que busca que se decreten cautelares menos gravosas para ella.

“La libertad de la imputada es peligrosa”

En su apelación, según reveló BBCL Investiga, la Fiscalía Oriente asegura que “la libertad de la imputada es peligrosa” y que Barriga esté tras las rejas “es indispensable” para la causa.

Esto porque “se debe considerar especialmente cuando existiere sospecha grave y fundada de que el imputado pudiere obstaculizar la investigación mediante la destrucción, modificación, ocultación o falsificación de elementos de prueba”. O bien, “cuando pudiere inducir a coimputados, testigos, peritos o terceros para que informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente”.