Un informe remitido a la Corte de Apelaciones de Valparaíso reveló que el Ministerio Público tardó tres semanas en ordenar diligencias policiales en torno a las presuntas torturas en el Hospital Psiquiátrico del Salvador, tras haber recibido la denuncia desde el Ministerio de Salud.
La Fiscalía Regional calificó los tiempos como “razonables” y “habituales” en este tipo de causas y evitó tipificar algún delito en esta etapa de la indagatoria.
Fue el 6 de junio cuando el Ministerio Público ordenó diligencias a la Brigada de Investigación Criminal de Valparaíso, de la Policía de Investigaciones, para indagar presuntas torturas en el Hospital Psiquiátrico del Salvador.
La instrucción develada en un informe remitido a la Corte de Apelaciones porteña tras la presentación de un recurso de protección, fue en respuesta a la denuncia que presentó la ministra de Salud, María Begoña Yarza, ante la Fiscalía Regional de Valparaíso, recibida el 16 de mayo.
Abogado critica tardanza y Fiscalía asegura que está dentro de los plazos
El abogado Esteban Elórtegui, quien ingresó el recurso, cuestionó que el ente persecutor tardara tres semanas en ordenar una investigación policial.
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El Ministerio Público argumentó que los tiempos para ordenar diligencias son “razonables” y “habituales”, considerando que la denuncia debió ser remitida desde la Fiscalía Regional hasta la Fiscalía Local de Valparaíso.
Respecto a los detalles de la investigación, la fiscal regional Claudia Perivancich evitó vincular el caso -de momento- con un delito de torturas, enfatizando en el esclarecimiento de los hechos.
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Cabe hacer presente que la denuncia de la ministra de Salud refería a que “se estarían realizando intervenciones de terapia electroconvulsiva sin anestesia, sin ajustarse debidamente a la norma pertinente”.
Un mes después, remitió un informe de la Comisión de Protección de Derechos de Personas con Enfermedades Mentales (Coreprem), describiendo “condiciones de precariedad en cuanto a infraestructura, equipamiento y procesos en que se ha llevado a cabo la práctica clínica“, a fin de ponderar una calificación jurídica distinta a las torturas.