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Osorno: Corte ordena vacunar a recién nacida cuyos padres se niegan por motivos religiosos

Publicado por Daniela Salgado
La información es de Pedro Abarzúa

08 julio 2022 | 16:45

La justicia acogió el recurso de protección presentado por el Hospital de Osorno, en la región de Los Lagos, en contra de los padres de una recién nacida que se negaron inocular a su hija contra la tuberculosis y la hepatitis B, aludiendo razones religiosas. Ambas vacunas forman parte del programa nacional de inmunización del Ministerio de Salud.

La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó vacunar a una recién nacida cuyos padres se niegan a aprobar el procedimiento por motivos religiosos en Osorno, en la región de Los Lagos.

Se trata de un recurso de protección presentado por el Hospital Base de Osorno en contra de los padres de una recién nacida que “razones religiosas, se niegan a inocular a su hija con la vacuna obligatoria BCG, contra la tuberculosis en todas sus variantes y la vacuna HBV, que protege de la infección crónica con el virus de la hepatitis”.

Es preciso indicar que ambas vacunas están incluidas en el plan nacional de inmunización del Ministerio de Salud, precisó el Jefe Jurídico del Hospital Base de Osorno, Carlos Currieco.

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Según se informó, fue en un fallo unánime, donde la primera sala del tribunal de alzada, acogió la acción cautelar, que fueron entregadas en resguardo de las garantías constitucionales de la lactante.

La resolución agrega que “para reprochar un acto como vulneratorio de un derecho constitucional de aquellos que se alegan como amenazados por el recurso no es menester que el acto sea a la vez ilegal y arbitrario”.

De hecho, el fallo argumenta que, para el tribunal de alzada, “el hecho de que tal convicción esté sazonada con elementos religiosos y subjetivos, y que, por lo tanto, pueda estar completamente equivocada, no obsta a que ese razonamiento excluya la arbitrariedad, y permita atenuar, por lo mismo, la acusación de irresponsabilidad o negligencia de la que los padres se sienten objeto”.

Por lo mismo, el profesional explicó que ante la falta del resguardo de la integridad de cualquier menor, como servicio público se ven en la obligación de proceder, incluso, con la presentación de recursos.

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Sobre la vacuna contra la Hepatitis B, la corte establece que los padres entregaron argumentos “menos racionales”, ya que declararon que ni la niña ni su madre tienen la enfermedad como la razón para no vacunarla.

Por ello resuelven que el accionar de los padres “vulnera los derechos constitucionales de su hija, razones por las cuales el presente recurso deberá ser acogido”.

Por todo lo expuesto es que la instancia acogió el recurso de protección interpuesto por el Hospital Base San José de Osorno y, con ello, se “autoriza al referido hospital para proceder a la vacunación de la lactante, debiendo los padres proceder en consecuencia con las políticas públicas estatales, bajo apercibimiento de ser sancionado con algunas de las medidas contempladas en el Auto Acordado que regula la materia”.