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Corte de Apelaciones de Santiago multó a TVN por no cumplir con cuota de programas culturales

Por Carlos Ipinza
Con información de Comunicado de Prensa.

24 agosto 2021 | 17:03

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 20 UTM (poco más de un millón de pesos) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a la señal Televisión Nacional (TVN) por no respetar la cuota mínima de programación cultural, durante abril del año pasado.

En la Tercera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Verónica Sabaj y el abogado Jorge Norambuena, se descartó infracción en la resolución sancionatoria aplicada al canal público por el ente regulador.

El fallo sostuvo que respecto al incumplimiento de la norma que establece un mínimo de programas culturales transmitidos mensualmente y frente a los pocos antecedentes presentados por TVN y a sus descargos fuera de plazo, el CNTV no tuvo en consideración los argumentos, por lo que se le impuso a la cadena nacional la sanción mínima correspondiente a 20 Unidades Tributarias Mensuales en la Sesión del 16 de noviembre del 2020.

Dicho falló agregó que en vista de que se infringió el articulo 33 de la Ley N°19.733, señalaron “La infracción a este artículo será sancionada con multa de treinta a ciento cincuenta unidades tributarias mensuales. En caso de reiteración, la multa se elevará al doble”. Pese a esto, el CNTV le impuso la multa mínima de conformidad a la ley correspondiente a las 20 UTM señaladas anteriormente.

¿Cuántas horas deben emitir?

La Ley que crea el Consejo Nacional de Televisión establece que es el organismo el encargado de velar por que los concesionarios (o canales de televisión, en este caso) deben transmitir al menos cuatro horas de programas culturales a la semana. “Dos de estas cuatro horas deberán transmitirse en horarios de alta audiencia fijados por el Consejo”, señala.

Se entiende por programa cultural, de acuerdo a la norma, “aquellos que se refieren a los valores que emanen de las identidades multiculturales existentes en el país, así como los relativos a la formación cívica de las personas, los destinados al fortalecimiento de las identidades nacionales, regionales o locales, como fiestas o celebraciones costumbristas y aquellos destinados a promover el patrimonio universal y, en particular, el patrimonio nacional”.

Para aquellas señales que no cumplan, el CNTV podrá dictar sanciones que van desde una amonestación hasta la caducidad de la concesión, deteniendo las transmisiones.