El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que ya dispone en su sitio web de una nueva aplicación que permitirá a los contribuyentes que deban declarar y pagar el Impuesto a las Herencias y el Impuesto a las Donaciones, cumplir con su obligación de declarar 100% en línea, facilitando y agilizando el trámite.
La declaración y pago del impuesto a las herencias se debe realizar cuando al fallecer una persona, deja bienes y/o derechos que pueden ser transmitidos a sus herederos.
La nueva aplicación permite la declaración del impuesto a las herencias tanto testadas (que son aquellas en las que existe un testamento) como intestadas, en las que no existe testamento.
Entre las funcionalidades de la nueva aplicación a la que se puede acceder desde la página personal del contribuyente en MiSII, destacan que:
-Facilita y agiliza la declaración del impuesto, ya que la presentación es a través de un formulario en línea, similar a la Declaración Anual de Renta.
-Permite acceder a una vista simplificada del nuevo Formulario electrónico 4412, en la que se despliegan las vistas y opciones a los contribuyentes en la medida que se requiere, para facilitar la navegación.
-Al ingresar la información, se determina automáticamente los porcentajes sobre la herencia para cada asignatario y el impuesto correspondiente, lo que se presenta como una propuesta para el declarante
-Permite el pago del giro 100% en línea, con opción de 3 cuotas anuales, y los certificados de pago se emiten también en línea.
-Permite al contribuyente ingresar en la declaración las donaciones anteriores que hubiese efectuado el causante en vida, con el objetivo de incorporarlas en la base imponible del heredero o asignatario respectivo.
-Se permite incorporar los créditos a los cuales se tiene derecho por estos impuestos.
Para el SII la nueva forma de declarar estos impuestos permitirá “hacer cruces automatizados y seleccionar casos que, de acuerdo al Modelo de Gestión del Cumplimiento Tributario, requieran de acciones de tratamiento”.
Estas acciones pueden ser de asistencia o preventivas, para así focalizar las acciones de fiscalización en los contribuyentes de mayor riesgo y perjuicio para el sistema tributario, “con acciones correctivas por temas tales como declarar menos bienes, declarar bienes a un menor valor que el debido, no incluir donaciones previas en la declaración, o no declarar el impuesto, entre otras”, puntualizó el Servicio.