La patinadora española Laura Barquero fue sancionada con seis años de suspensión por dopaje, específicamente por el periodo comprendido entre el 22 de febrero de 2022 y el 21 de febrero de 2028.
La deportista, junto a su compatriota Marco Zandron, acabó 11ª en la final de patinaje artístico de los Juegos de Invierno de Beijing 2022. Pero pocos días después se conoció que Barquero, que se entrenaba en Italia, había dado positivo por clostebol debido a una crema, Trofodermin.
Esta fue la misma crema que utilizó el fisioterapeuta del tenista italiano Jannik Sinner para cicatrizar una herida y que habría pasado al cuerpo del tenista al darle un masaje.
Después, antes de los Mundiales de 2023, la española volvió a dar positivo por la misma sustancia. Por reincidencia, la patinadora arriesgaba hasta 12 años de sanción.
Tras un acuerdo entre las partes implicadas, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Internacional de Patinaje (ISU) y la madrileña, se ha establecido un castigo de seis años de inhabilitación.
La web especializada Hielo Español explicó que, aunque se reconoce que Barquero no tuvo intención de engañar, “la pena se marca en base a dos positivos por clostebol debidos a contaminación transdérmica con Trofodermin, una crema cicatrizante que no sirve para el rendimiento deportivo con la que tuvo contacto de forma accidental, tal y como quedó corroborado mediante dos pruebas científicas en el cabello”.
Se trata exactamente de las mismas circunstancias que las de Jannik Sinner, tenista que ha acordado con las autoridades competentes un castigo de tan solo tres meses por el uso de la misma sustancia.
Ante esto, la AMA salió al paso en las últimas horas para explicar las diferentes sanciones impuestas a Sinner y a Laura Barquero.
El organismo que promueve, coordina y monitoriza la lucha contra el dopaje en el deporte aclaró en un comunicado, para la agencia AP, que “la diferencia fundamental entre los dos casos es que la versión de la señora Barquero sobre cómo la sustancia entró en su sistema no fue convincente a la luz de la evidencia”.
“En contraste, en el caso de Sinner, la evidencia confirmó claramente la explicación del atleta tal como se expuso en la decisión de primera instancia”, complementó.
Además, la AMA apuntó que “si la señora Barquero no estaba de acuerdo con la sanción, podría no haberla firmado y podría haber llevado el caso al TAS”.